I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-19675)
Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 13 y 17 de septiembre de 2024.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120153
Esta comisión de servicio prevé que la organización proporcione una asignación por desplazamiento y
gastos de viaje, de conformidad con el artículo 23 de la Resolución del Comité de Ministros CM/Res(2012)2.
En este sentido, usted recibirá una asignación mensual por reinstalación de 6.387,54€ durante los dos primeros meses y, a partir del tercero, un mínimo de 3.182,79€ que podrá ser complementado con otra cantidad, en
función de su situación personal.
También tendrá derecho al reembolso de los gastos de viaje y manutención en los que incurra entre su
lugar de residencia y su plaza de destino, cuando tome posesión de su comisión de servicio y cuando esta
finalice, además de los gastos correspondientes de los miembros de su familia a su cargo, en caso de que lo
acompañen.
Por último, cada dos meses se le reembolsarán los gastos de viaje entre su lugar de residencia previo
y el destino de su comisión.
Además, tendrá derecho a 32 días hábiles de vacaciones al año y otras ventajas (como un horario de
trabajo flexible, formación profesional, la posibilidad de teletrabajar, etc.).
Solicitudes y proceso de selección
El plazo de presentación de solicitudes termina el 15 de abril de 2024 (a medianoche, hora central
europea). Las solicitudes deberán presentarse en inglés o en francés, a través del sistema en línea del
Consejo de Europa. Puede crear y enviar su solicitud electrónica en nuestra página web (www.coe.int/jobs).
Sírvase rellenar el formulario de solicitud en línea con todos los datos solicitados, y explicar por qué sus competencias lo convierten en el perfil ideal para el puesto. Tenga en cuenta que normalmente se tarda varias
horas en cumplimentarlo.
En el formulario en línea se le pedirá que indique en un menú desplegable la representación permanente de su país ante el Consejo de Europa. Cuando envíe su solicitud se remitirá directamente un correo
electrónico a su representación, informándola de la misma e invitándola a validar su solicitud en un plazo de
10 días hábiles. Este proceso de validación es esencial. Le rogamos que se asegure de que su solicitud recibe el seguimiento adecuado.
Solo se admitirá para participar en el proceso de selección y continuar a la fase siguiente a los solicitantes que cumplan las condiciones establecidas en la Resolución del Comité de Ministros CM/Res(2012), y
que mejor se ajusten a los criterios citados.
Al aplicar el principio de igualdad de oportunidades, todas las solicitudes de personas adecuadamente
cualificadas serán bien recibidas en el Consejo de Europa independientemente de su sexo, género, orientación sexual, origen étnico o social, discapacidad, religión o creencias. Con arreglo a sus normas de igualdad
de oportunidades, el Consejo de Europa tiene como propósito alcanzar la paridad de género entre el personal
de cada categoría y nivel. En el momento del nombramiento, al elegir entre personas aptas para el puesto, se
otorgará preferencia a la del género infrarrepresentado en los niveles pertinentes dentro de la categoría a la
que corresponda el puesto de que se trate. A lo largo de las diferentes fases del proceso de contratación se
tomarán medidas específicas para facilitar el acceso al mismo de las personas con discapacidad.
cve: BOE-A-2024-19675
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120153
Esta comisión de servicio prevé que la organización proporcione una asignación por desplazamiento y
gastos de viaje, de conformidad con el artículo 23 de la Resolución del Comité de Ministros CM/Res(2012)2.
En este sentido, usted recibirá una asignación mensual por reinstalación de 6.387,54€ durante los dos primeros meses y, a partir del tercero, un mínimo de 3.182,79€ que podrá ser complementado con otra cantidad, en
función de su situación personal.
También tendrá derecho al reembolso de los gastos de viaje y manutención en los que incurra entre su
lugar de residencia y su plaza de destino, cuando tome posesión de su comisión de servicio y cuando esta
finalice, además de los gastos correspondientes de los miembros de su familia a su cargo, en caso de que lo
acompañen.
Por último, cada dos meses se le reembolsarán los gastos de viaje entre su lugar de residencia previo
y el destino de su comisión.
Además, tendrá derecho a 32 días hábiles de vacaciones al año y otras ventajas (como un horario de
trabajo flexible, formación profesional, la posibilidad de teletrabajar, etc.).
Solicitudes y proceso de selección
El plazo de presentación de solicitudes termina el 15 de abril de 2024 (a medianoche, hora central
europea). Las solicitudes deberán presentarse en inglés o en francés, a través del sistema en línea del
Consejo de Europa. Puede crear y enviar su solicitud electrónica en nuestra página web (www.coe.int/jobs).
Sírvase rellenar el formulario de solicitud en línea con todos los datos solicitados, y explicar por qué sus competencias lo convierten en el perfil ideal para el puesto. Tenga en cuenta que normalmente se tarda varias
horas en cumplimentarlo.
En el formulario en línea se le pedirá que indique en un menú desplegable la representación permanente de su país ante el Consejo de Europa. Cuando envíe su solicitud se remitirá directamente un correo
electrónico a su representación, informándola de la misma e invitándola a validar su solicitud en un plazo de
10 días hábiles. Este proceso de validación es esencial. Le rogamos que se asegure de que su solicitud recibe el seguimiento adecuado.
Solo se admitirá para participar en el proceso de selección y continuar a la fase siguiente a los solicitantes que cumplan las condiciones establecidas en la Resolución del Comité de Ministros CM/Res(2012), y
que mejor se ajusten a los criterios citados.
Al aplicar el principio de igualdad de oportunidades, todas las solicitudes de personas adecuadamente
cualificadas serán bien recibidas en el Consejo de Europa independientemente de su sexo, género, orientación sexual, origen étnico o social, discapacidad, religión o creencias. Con arreglo a sus normas de igualdad
de oportunidades, el Consejo de Europa tiene como propósito alcanzar la paridad de género entre el personal
de cada categoría y nivel. En el momento del nombramiento, al elegir entre personas aptas para el puesto, se
otorgará preferencia a la del género infrarrepresentado en los niveles pertinentes dentro de la categoría a la
que corresponda el puesto de que se trate. A lo largo de las diferentes fases del proceso de contratación se
tomarán medidas específicas para facilitar el acceso al mismo de las personas con discapacidad.
cve: BOE-A-2024-19675
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 237