I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-19675)
Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 13 y 17 de septiembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Martes 1 de octubre de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
19675

Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en
comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho
en Estrasburgo el 13 y 17 de septiembre de 2024.

ACUERDO INTERNACIONAL ADMINISTRATIVO SOBRE LAS CONDICIONES
DE ADSCRIPCIÓN EN COMISIÓN DE SERVICIO DE UN FUNCIONARIO ESPAÑOL
AL CONSEJO DE EUROPA
Entre el Reino de España, representado por don Juan Ignacio Morro, Embajador
Plenipotenciario y Extraordinario, Representante Permanente de España ante el Consejo
de Europa, 24 allée de la Robertsau, F-67000, Estrasburgo, en adelante, denominado el
«Estado Donante»; y el Consejo de Europa, representado por doña Ylva Berling,
Directora de Recursos Humanos, Palais de l’Europe, F-67000, Estrasburgo, en adelante,
denominado el «CdE», en adelante, denominados colectivamente las «Partes»;
Considerando: Que el Estado Donante ha convenido en destinar en comisión de
servicio a don José Amengual Ramis, actualmente Jefe del Servicio de Investigación del
Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN), adscrito al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Hernani, 59, 28020 Madrid (España), en
adelante, denominado el «funcionario», para el puesto de asesor de políticas en la
Secretaría del CdE, Dirección General de Derechos Humanos y Estado de Derecho
(DGI), Dirección de Derechos Sociales, Salud y Medio Ambiente, Departamento del
Proceso de Reikiavik y de Medio Ambiente, Secretaría del Convenio relativo a la
conservación de la vida silvestre y del medio natural de Europa (Convenio de Berna),
F-67000, Estrasburgo.

El presente Acuerdo Internacional Administrativo se regirá e interpretará según la
Resolución Res(2012)2 del Comité de Ministros, de 15 de febrero de 2012, por la que se
establece la normativa para la adscripción en comisión de servicio al Consejo de Europa
(Anexo A).
El periodo de adscripción del funcionario será de un (1) año, a partir del 1 de
noviembre de 2024. Cualquiera de ambas Partes podrá poner fin al mismo mediante un
preaviso de dos (2) meses, salvo en el supuesto previsto en el artículo 19, letra h), de la
Resolución Res(2012)2, en cuyo caso el CdE podrá dar por finalizada la adscripción
mediante un preaviso de 1 (un) mes. La adscripción podrá prorrogarse o renovarse
mediante enmienda por escrito al presente Acuerdo Internacional Administrativo, hasta
un máximo de 3 (tres) años.
La adscripción finalizará en caso de que el funcionario deje de estar al servicio del
Estado Donante.
Tras la finalización del periodo de comisión de servicio, el funcionario no podrá
trabajar en el CdE, salvo que sea seleccionado para ello tras un proceso de selección
sujeto a lo previsto en las disposiciones del Estatuto del Personal.
La descripción de las funciones figura en el Anexo B.
El funcionario podrá asumir compromisos económicos en nombre del CdE en el
marco de una delegación específica del Secretario General o de la Jefatura de la Entidad
Administrativa Principal de que se trate, y podrá ejercer autoridad jerárquica, entre otras
cosas, realizando evaluaciones, conforme a la normativa del CdE en la materia, en la

cve: BOE-A-2024-19675
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