III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2024-19666)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Navarra, para el apoyo técnico en materia de explotación conjunta de la aplicación de gestión museográfica DOMUS e intercambio y difusión de información a través de la misma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Lunes 30 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 120065

Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales:
– La gestión y promoción de los museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección
General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, la relativa a los museos de titularidad
estatal cuya gestión haya sido transferida a las comunidades autónomas, y restantes
museos incorporados al Sistema Español de Museos, facilitando el cumplimiento de sus
funciones.
– La gestión y coordinación del Sistema Integrado de Documentación y Gestión
Museográfica –DOMUS– y la coordinación y mantenimiento de la Red Digital de
Colecciones de Museos de España, facilitando la integración de los registros de los
bienes museísticos en un registro general de bienes culturales.
II. Que en virtud de sus competencias el Ministerio de Cultura ha desarrollado y es
propietario y titular de los derechos de propiedad intelectual del Sistema Integrado de
Documentación y Gestión Museográfica DOMUS y de las plataformas web CER.ES y
Tesauros de Patrimonio Cultural de España, todos ellos sistemas de información que se
encuentran en explotación, entre otros, en los museos de titularidad estatal gestionados
por la Subdirección General de Museos Estatales de la Dirección General de Patrimonio
Cultural y Bellas Artes.
III. Que DOMUS es una herramienta que facilita la gestión de los bienes culturales
que conservan los museos y contribuye a la unificación de los procesos de catalogación
y tratamiento técnico de los fondos museográficos y del patrimonio documental de los
centros, así como al intercambio de información entre los mismos.
Que asimismo el Ministerio de Cultura ha desarrollado un motor de consultas
denominado CER.ES, que permite localizar y acceder a la información sobre las
colecciones en los repositorios de datos implementados en el Sistema Integrado de
Documentación y Gestión Museográfica DOMUS, de un modo, individualizado por
museo, o centralizado al conjunto de datos de varios museos.
IV. Que la Entidad está interesada en incorporar DOMUS como sistema de
documentación y gestión museográfica y en cooperar en el mantenimiento de sistemas
técnicos que permitan el intercambio de datos, así como su difusión al público a través de
las redes de telecomunicaciones que faciliten también la interoperabilidad entre los mismos.
Que, asimismo la Entidad está interesada en incorporar CER.ES como buscador que
le permita acceder a la información sobre las colecciones en sus repositorios de datos e
imágenes.
V. Que el Ministerio de Cultura considera conveniente favorecer al máximo la
colaboración con instituciones públicas y entidades privadas con el fin de unificar los
sistemas documentales de los museos, facilitar el intercambio de datos a partir de la
creación de metadatos en dominio público y poner a disposición de los ciudadanos a
través de las redes una amplia información sobre las colecciones españolas.
De conformidad con lo expuesto, ambas partes, en la representación que ostentan,
acuerdan suscribir el presente convenio conforme a las siguientes

Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer las obligaciones de las partes para
la normalización de las tareas de catalogación y gestión museográfica, así como el
intercambio de información entre los museos de titularidad estatal y de otras titularidades
mediante la utilización conjunta de la aplicación DOMUS, la creación de instrumentos
técnicos compartidos integrables en la aplicación DOMUS y necesarios para lograr la
máxima eficacia y rentabilidad del sistema documental, la difusión en Internet de las
colecciones de los museos y otras entidades usuarias de la aplicación DOMUS.

cve: BOE-A-2024-19666
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