II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-19603)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 119506
les podrá ser devuelta si así lo solicitan, salvo que se interponga recurso, en cuyo caso
el depósito continuará hasta que haya resolución firme.
La documentación que no haya sido subida a «CONVOCUM PDI» será conservada
un mínimo de tres meses desde que la resolución adquirió firmeza.
Transcurridos tres meses adicionales sin que los interesados/as hubiesen retirado
dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
Los/Las concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por
los miembros de la comisión, y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias en formato electrónico, mediante solicitud dirigida a la Secretaría General de la
Universidad.
7.2 Contra la propuesta de provisión realizada por la comisión de selección, los/las
concursantes podrán presentar reclamación ante el rector o rectora en el plazo máximo
de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación. Admitida a
trámite la reclamación, siempre que cumplan las formalidades y plazos previstos, se
suspenderán los nombramientos hasta su resolución.
La reclamación será valorada por la comisión de reclamaciones de la Universidad,
que estará compuesta según lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de Murcia.
La comisión de reclamaciones podrá solicitar un informe a los miembros de la
comisión de selección contra cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación. La
comisión de reclamaciones examinará el expediente relativo al concurso para velar por
las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo
de tres meses, tras lo que el rector o rectora dictará la resolución. El transcurso del plazo
establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
Las propuestas de la comisión de reclamaciones serán vinculantes para el rector o
rectora, cuyas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y frente a ellas podrá
interponerse recurso potestativo de reposición o bien ser recurridas directamente ante la
Jurisdicción competente.
En el caso de plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios, se podrá
recurrir ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosoadministrativa.
8.
Presentación de documentos y nombramientos
a) Documento Nacional de Identidad, solo si manifestó su oposición a su obtención
por la Universidad de Murcia, o, en su caso, del documento equivalente (NIE, Pasaporte
u otro) de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a profesor de universidad. Este informe
podrá ser realizado, previa citación de las personas aspirantes al efecto, por la unidad
que tenga encomendadas las funciones sobre prevención de riesgos laborales de la
Universidad de Murcia. A tal efecto, las pruebas médicas oportunas podrán ser
realizadas por las entidades colaboradoras.
c) Título de Doctora o Doctor en el supuesto de títulos no expedidos por el Rector
de la Universidad de Murcia, solo si manifestó su oposición a su obtención por la
Universidad de Murcia.
d) Declaración responsable de no haber sido separada o separado mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
cve: BOE-A-2024-19603
Verificable en https://www.boe.es
8.1 Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la publicación de la
propuesta de provisión de la comisión de selección sin haberse presentado ninguna o,
en el supuesto de reclamaciones, cuando las mismas hayan sido resueltas, se requerirá
a los/las candidatos/as propuestos/as para la provisión de la plaza para que, en el plazo
de diez días hábiles siguientes al de conclusión de las actuaciones de la comisión,
presenten en el Servicio de PDI de la Universidad los siguientes documentos, en caso de
que no los hubieran aportado con anterioridad:
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 119506
les podrá ser devuelta si así lo solicitan, salvo que se interponga recurso, en cuyo caso
el depósito continuará hasta que haya resolución firme.
La documentación que no haya sido subida a «CONVOCUM PDI» será conservada
un mínimo de tres meses desde que la resolución adquirió firmeza.
Transcurridos tres meses adicionales sin que los interesados/as hubiesen retirado
dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
Los/Las concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por
los miembros de la comisión, y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias en formato electrónico, mediante solicitud dirigida a la Secretaría General de la
Universidad.
7.2 Contra la propuesta de provisión realizada por la comisión de selección, los/las
concursantes podrán presentar reclamación ante el rector o rectora en el plazo máximo
de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación. Admitida a
trámite la reclamación, siempre que cumplan las formalidades y plazos previstos, se
suspenderán los nombramientos hasta su resolución.
La reclamación será valorada por la comisión de reclamaciones de la Universidad,
que estará compuesta según lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de Murcia.
La comisión de reclamaciones podrá solicitar un informe a los miembros de la
comisión de selección contra cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación. La
comisión de reclamaciones examinará el expediente relativo al concurso para velar por
las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo
de tres meses, tras lo que el rector o rectora dictará la resolución. El transcurso del plazo
establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
Las propuestas de la comisión de reclamaciones serán vinculantes para el rector o
rectora, cuyas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y frente a ellas podrá
interponerse recurso potestativo de reposición o bien ser recurridas directamente ante la
Jurisdicción competente.
En el caso de plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios, se podrá
recurrir ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosoadministrativa.
8.
Presentación de documentos y nombramientos
a) Documento Nacional de Identidad, solo si manifestó su oposición a su obtención
por la Universidad de Murcia, o, en su caso, del documento equivalente (NIE, Pasaporte
u otro) de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a profesor de universidad. Este informe
podrá ser realizado, previa citación de las personas aspirantes al efecto, por la unidad
que tenga encomendadas las funciones sobre prevención de riesgos laborales de la
Universidad de Murcia. A tal efecto, las pruebas médicas oportunas podrán ser
realizadas por las entidades colaboradoras.
c) Título de Doctora o Doctor en el supuesto de títulos no expedidos por el Rector
de la Universidad de Murcia, solo si manifestó su oposición a su obtención por la
Universidad de Murcia.
d) Declaración responsable de no haber sido separada o separado mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
cve: BOE-A-2024-19603
Verificable en https://www.boe.es
8.1 Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la publicación de la
propuesta de provisión de la comisión de selección sin haberse presentado ninguna o,
en el supuesto de reclamaciones, cuando las mismas hayan sido resueltas, se requerirá
a los/las candidatos/as propuestos/as para la provisión de la plaza para que, en el plazo
de diez días hábiles siguientes al de conclusión de las actuaciones de la comisión,
presenten en el Servicio de PDI de la Universidad los siguientes documentos, en caso de
que no los hubieran aportado con anterioridad: