III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-19657)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A. y la Universidad Complutense de Madrid, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119962
técnica y de la cultura, la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al
servicio de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico, así como la
difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación
continuada. Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de
relaciones con otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una
puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
Que la Universidad desarrolla enseñanzas de grado o postgrado en las que está
prevista la realización de actividades por parte de los estudiantes en instituciones
públicas o privadas externas a la Universidad. Con ello busca ampliar los conocimientos
de los estudiantes de acuerdo con su específica vocación, proporcionándoles una
orientación profesional que les permita incorporarse en el mercado de trabajo en
condiciones idóneas y responder con eficacia y garantías a las exigencias de la
sociedad, y de sus instituciones y empresas.
Que la Universidad está interesada en establecer un programa de colaboración con
el SEPE para la realización de prácticas académicas externas de los estudiantes
matriculados en la misma, incluyéndose la realización de Trabajos Fin de Grado, y
Trabajos Fin de Máster (en adelante TFG y TFM).
2. Que el SEPE es un organismo autónomo estatal de los previstos en la
sección 2.ª, del capítulo III, del título II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, al que
corresponde la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la
política de empleo, en el marco de lo establecido en el texto refundido de la Ley de
Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
3. Que ambas partes consideran que la formación de los estudiantes y titulados
universitarios debe basarse tanto en la adquisición de conocimientos teóricos como
prácticos, con los objetivos de poder orientarse en sus vocaciones profesionales,
incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así responder con eficacia
y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
4. Que con el fin de contribuir a la formación integral de los estudiantes
universitarios de la UCM, ambas partes desean suscribir el presente convenio
encuadrado en el marco del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan
las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Por lo tanto, a la vista de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que
estudiantes de la UCM realizarán, en las dependencias del SEPE, un programa de
prácticas curriculares externas así como del TFG o el TFM de cualquier enseñanza
impartida por la UNIVERSIDAD, tanto oficiales como propias, según las condiciones
particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo,
de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que
se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Segunda.
A)
Condiciones generales del convenio.
Oferta del SEPE.
El SEPE podrá ofrecer plazas de prácticas con la periodicidad o cuantía que desee, e
indicar la oferta específica para cada plaza.
cve: BOE-A-2024-19657
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119962
técnica y de la cultura, la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al
servicio de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico, así como la
difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación
continuada. Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de
relaciones con otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una
puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
Que la Universidad desarrolla enseñanzas de grado o postgrado en las que está
prevista la realización de actividades por parte de los estudiantes en instituciones
públicas o privadas externas a la Universidad. Con ello busca ampliar los conocimientos
de los estudiantes de acuerdo con su específica vocación, proporcionándoles una
orientación profesional que les permita incorporarse en el mercado de trabajo en
condiciones idóneas y responder con eficacia y garantías a las exigencias de la
sociedad, y de sus instituciones y empresas.
Que la Universidad está interesada en establecer un programa de colaboración con
el SEPE para la realización de prácticas académicas externas de los estudiantes
matriculados en la misma, incluyéndose la realización de Trabajos Fin de Grado, y
Trabajos Fin de Máster (en adelante TFG y TFM).
2. Que el SEPE es un organismo autónomo estatal de los previstos en la
sección 2.ª, del capítulo III, del título II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, al que
corresponde la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la
política de empleo, en el marco de lo establecido en el texto refundido de la Ley de
Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
3. Que ambas partes consideran que la formación de los estudiantes y titulados
universitarios debe basarse tanto en la adquisición de conocimientos teóricos como
prácticos, con los objetivos de poder orientarse en sus vocaciones profesionales,
incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así responder con eficacia
y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
4. Que con el fin de contribuir a la formación integral de los estudiantes
universitarios de la UCM, ambas partes desean suscribir el presente convenio
encuadrado en el marco del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan
las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Por lo tanto, a la vista de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que
estudiantes de la UCM realizarán, en las dependencias del SEPE, un programa de
prácticas curriculares externas así como del TFG o el TFM de cualquier enseñanza
impartida por la UNIVERSIDAD, tanto oficiales como propias, según las condiciones
particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo,
de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que
se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Segunda.
A)
Condiciones generales del convenio.
Oferta del SEPE.
El SEPE podrá ofrecer plazas de prácticas con la periodicidad o cuantía que desee, e
indicar la oferta específica para cada plaza.
cve: BOE-A-2024-19657
Verificable en https://www.boe.es
Primera.