III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19663)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Explotación temporal de la batería de pozos de sequía de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., en el acuífero Vega Media y Baja del Segura, sectores Vega Media y Vega Baja».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 120035
3.2 Seguimiento mensual de los volúmenes bombeados por cada uno de los pozos
y del total bombeado, puesto en relación con el escenario existente cada mes de
sequía (normalidad o sequía prolongada) y de escasez (normalidad, prealerta, alerta o
emergencia) de acuerdo con los indicadores del Plan Especial de Sequía de la
demarcación, y en su caso con las previsiones aplicables del real decreto de declaración
de situación excepcional por sequía o escasez. Diferenciar la parte aportada al río
Segura y la parte aportada a infraestructuras de los usuarios.
3.3 Seguimiento anual del efecto de los bombeos sobre los indicadores del estado
cuantitativo de la masa de agua Vega Media y Baja del Segura (anejo 08 del plan
hidrológico) para identificar eventuales deterioros temporales provocados por el
proyecto, así como seguimiento anual de su estado químico.
3.4 Seguimiento de la subsidencia del terreno y sus efectos sobre los bienes
materiales.
3.4.1 En la Vega Media, seguimiento de la subsidencia mediante la red de
extensómetros de la serie V y serie BR gestionadas por el IGME y la Consejería de
Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en los
sondeos extensométricos y piezómetros diseñados por la propia Confederación en el
periodo de explotación temporal 2016-2019. Previo al inicio de la explotación se
verificará del correcto funcionamiento de las redes de extensómetros, procediendo a las
reparaciones necesarias.
3.4.2 En la Vega Baja, dotación de una red de extensómetros para seguimiento de
la subsidencia del terreno.
3.4.3 Monitorización al menos trimestral de la subsidencia en toda la Vega Media y
Baja mediante el uso de tecnología INSAR y mediciones de contraste mediante GPS de
alta resolución.
3.4.4 Seguimiento de los efectos de la subsidencia sobre los bienes materiales,
incluyendo como mínimo viviendas, infraestructuras lineales y bienes de interés cultural,
al menos en el entorno de 500 m de cada pozo de sequía activo y en las superficies
donde se hayan rebasado los umbrales de subsidencia definidos en esta resolución.
Antes de iniciar la explotación se habrán identificado los bienes materiales que serán
objeto de seguimiento en el entorno de los pozos activos.
Durante toda la fase de explotación y en el año siguiente a su cese se realizará un
informe anual del seguimiento ambiental realizado. Todos los informes de seguimiento
ambiental serán publicados en la web de la Confederación Hidrográfica del Segura.
4.
Comisión de Seguimiento.
Previamente al inicio de la explotación, el promotor y órgano sustantivo del proyecto
creará una comisión de seguimiento. Esta comisión constituirá un ámbito de mutua
información y de coordinación entre la Confederación Hidrográfica del Segura y las
principales Administraciones públicas afectadas por el proyecto, en apoyo al primero en
su ejecución y seguimiento y a las segundas en el ejercicio de sus competencias, y
tendrá por función principal facilitar el seguimiento conjunto del efecto del proyecto sobre
cve: BOE-A-2024-19663
Verificable en https://www.boe.es
3.5 En el tramo del río Segura afectado, seguimiento del régimen real de caudales,
del cumplimiento de su régimen de caudales ecológicos, de la calidad del agua y de los
parámetros que definen su estado químico.
3.6 Seguimiento del estado de inundación, relación con el acuífero y aportaciones
subterráneas y superficiales, calidad del agua, potencial ecológico y estado químico de la
Laguna del Hondo, previo acuerdo con el órgano competente en la conservación y
gestión del espacio protegido de la Generalitat Valenciana.
3.7 Seguimiento de los demás usos de aguas subterráneas con prioridad sobre el
regadío que pueden verse afectados por el funcionamiento de los pozos de sequía.
3.8 Seguimiento del nivel de ruido en las viviendas y demás edificaciones sensibles
del inmediato entorno de los pozos en explotación.
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 120035
3.2 Seguimiento mensual de los volúmenes bombeados por cada uno de los pozos
y del total bombeado, puesto en relación con el escenario existente cada mes de
sequía (normalidad o sequía prolongada) y de escasez (normalidad, prealerta, alerta o
emergencia) de acuerdo con los indicadores del Plan Especial de Sequía de la
demarcación, y en su caso con las previsiones aplicables del real decreto de declaración
de situación excepcional por sequía o escasez. Diferenciar la parte aportada al río
Segura y la parte aportada a infraestructuras de los usuarios.
3.3 Seguimiento anual del efecto de los bombeos sobre los indicadores del estado
cuantitativo de la masa de agua Vega Media y Baja del Segura (anejo 08 del plan
hidrológico) para identificar eventuales deterioros temporales provocados por el
proyecto, así como seguimiento anual de su estado químico.
3.4 Seguimiento de la subsidencia del terreno y sus efectos sobre los bienes
materiales.
3.4.1 En la Vega Media, seguimiento de la subsidencia mediante la red de
extensómetros de la serie V y serie BR gestionadas por el IGME y la Consejería de
Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en los
sondeos extensométricos y piezómetros diseñados por la propia Confederación en el
periodo de explotación temporal 2016-2019. Previo al inicio de la explotación se
verificará del correcto funcionamiento de las redes de extensómetros, procediendo a las
reparaciones necesarias.
3.4.2 En la Vega Baja, dotación de una red de extensómetros para seguimiento de
la subsidencia del terreno.
3.4.3 Monitorización al menos trimestral de la subsidencia en toda la Vega Media y
Baja mediante el uso de tecnología INSAR y mediciones de contraste mediante GPS de
alta resolución.
3.4.4 Seguimiento de los efectos de la subsidencia sobre los bienes materiales,
incluyendo como mínimo viviendas, infraestructuras lineales y bienes de interés cultural,
al menos en el entorno de 500 m de cada pozo de sequía activo y en las superficies
donde se hayan rebasado los umbrales de subsidencia definidos en esta resolución.
Antes de iniciar la explotación se habrán identificado los bienes materiales que serán
objeto de seguimiento en el entorno de los pozos activos.
Durante toda la fase de explotación y en el año siguiente a su cese se realizará un
informe anual del seguimiento ambiental realizado. Todos los informes de seguimiento
ambiental serán publicados en la web de la Confederación Hidrográfica del Segura.
4.
Comisión de Seguimiento.
Previamente al inicio de la explotación, el promotor y órgano sustantivo del proyecto
creará una comisión de seguimiento. Esta comisión constituirá un ámbito de mutua
información y de coordinación entre la Confederación Hidrográfica del Segura y las
principales Administraciones públicas afectadas por el proyecto, en apoyo al primero en
su ejecución y seguimiento y a las segundas en el ejercicio de sus competencias, y
tendrá por función principal facilitar el seguimiento conjunto del efecto del proyecto sobre
cve: BOE-A-2024-19663
Verificable en https://www.boe.es
3.5 En el tramo del río Segura afectado, seguimiento del régimen real de caudales,
del cumplimiento de su régimen de caudales ecológicos, de la calidad del agua y de los
parámetros que definen su estado químico.
3.6 Seguimiento del estado de inundación, relación con el acuífero y aportaciones
subterráneas y superficiales, calidad del agua, potencial ecológico y estado químico de la
Laguna del Hondo, previo acuerdo con el órgano competente en la conservación y
gestión del espacio protegido de la Generalitat Valenciana.
3.7 Seguimiento de los demás usos de aguas subterráneas con prioridad sobre el
regadío que pueden verse afectados por el funcionamiento de los pozos de sequía.
3.8 Seguimiento del nivel de ruido en las viviendas y demás edificaciones sensibles
del inmediato entorno de los pozos en explotación.