III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19663)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Explotación temporal de la batería de pozos de sequía de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., en el acuífero Vega Media y Baja del Segura, sectores Vega Media y Vega Baja».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 120015
que cualquier cambio de reubicación de la explotación puede cambiar significativamente
los resultados, y por ello el modelo de flujo subterráneo debería ser empleado cuando se
active el bombeo real. El promotor indica que en la calibración de las componentes de
balance hídrico del modelo de flujo se han considerado las extracciones contempladas en
el Plan Hidrológico de la Demarcación del Segura 2022/27, y no se han considerado los
volúmenes registrados por el SICA al no estar implementada la instalación de contadores
en todas las captaciones existentes.
Adicionalmente, durante el análisis técnico de la documentación obrante en el
expediente, este órgano ambiental ha observado que la evolución piezométrica mostrada
en el modelo para el piezómetro Albergue-Laguna del Hondo de la Diputación Provincial
de Alicante no resulta coherente con los datos históricos del piezómetro aportados por el
promotor, los cuales muestran que la cota piezométrica apenas varía (<0,5 m) durante
los periodos de explotación temporal 2006-2009 y 2015-2019, manteniéndose en torno
a 9,5 m.s.n.m. Tampoco resulta coherente que la cota inicial se encuentre a 13 m.s.n.m.
teniendo en cuenta que, según la evolución histórica del piezómetro también incluida en
el expediente, el nivel del agua nunca se ha situado por encima de los 10,5 m.s.n.m.
A la vista de todo lo anterior, este órgano ambiental considera necesario que lo antes
posible se mejore la definición y calibración del modelo de comportamiento del acuífero
utilizado, extendiéndolo a todo el periodo en el que se disponga de datos, y que el
seguimiento del presente ciclo de bombeo incorpore la recogida de todos los datos precisos
para volver mejorar su calibración una vez finalice. También es preciso incorporar
condiciones que aseguren que el abastecimiento de la población y los demás usos con
prioridad según el Plan Hidrológico no se puedan ver negativamente afectados. Todo ello
queda recogido en el condicionado de la presente declaración de impacto ambiental.
4.2.1.2 Impactos en el régimen de caudales de las aguas superficiales conectadas
a la masa de agua subterránea.
En lo relativo a masas de agua tipo río, en el ámbito del proyecto se encuentran el río
Segura y el Reguerón. Según el Plan Hidrológico vigente, el río Segura en las Vegas
Media y Baja se divide en 2 masas de agua: Encauzamiento río Segura entre
Contraparada y Reguerón (ES070MSPF002080115) y Encauzamiento río Segura desde
Reguerón a desembocadura (ES070MSPF002080116). Tanto ambos tramos del río
Segura como la masa de agua Reguerón (ES070MSPF002080210) están clasificadas
como muy modificadas y no alcanzan el buen potencial ecológico, que es deficiente en el
caso del Encauzamiento río Segura desde Reguerón a desembocadura y moderado en
las otras dos masas de agua. Respecto al estado químico, únicamente la masa de agua
Encauzamiento río Segura entre Contraparada y Reguerón alcanza el buen estado.
El caudal circulante por el río Segura está determinado por el régimen de descargas
desde los embalses de cabecera de la cuenca y por el Trasvase Tajo-Segura. Respecto
a la relación río-acuífero, el río juega un papel importante en el régimen regulador del
balance hídrico del acuífero, comportándose como perdedor en el tramo occidental de la
Vega Media del Segura y como ganador desde el casco urbano de Murcia hasta su
desembocadura. La puesta en explotación de los pozos de la BES supondrá un
incremento del gradiente hidráulico entre la lámina de agua del río y el nivel piezométrico
del acuífero, aumentando los aportes desde el río al acuífero en cabecera, mientras que
en el tramo ganador se reducirán las descargas desde el acuífero al río. Esta situación
supondrá una reducción del caudal circulante por el río durante todo el periodo de
explotación que se mantendrá hasta el cese de las extracciones y la recuperación del
nivel piezométrico a su estado inicial.
La Oficina de Planificación Hidrológica del Segura prevé impactos moderados y
recuperables en cuanto a oscilaciones de la lámina del agua en zonas húmedas y caudal
del río Segura, siempre que se ejecuten las medidas y seguimiento ambiental
contemplados en los respectivos EsIA.
Por este motivo, este órgano ambiental considera que es necesario que el
seguimiento ambiental incorpore el seguimiento de cumplimiento del régimen de
cve: BOE-A-2024-19663
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 120015
que cualquier cambio de reubicación de la explotación puede cambiar significativamente
los resultados, y por ello el modelo de flujo subterráneo debería ser empleado cuando se
active el bombeo real. El promotor indica que en la calibración de las componentes de
balance hídrico del modelo de flujo se han considerado las extracciones contempladas en
el Plan Hidrológico de la Demarcación del Segura 2022/27, y no se han considerado los
volúmenes registrados por el SICA al no estar implementada la instalación de contadores
en todas las captaciones existentes.
Adicionalmente, durante el análisis técnico de la documentación obrante en el
expediente, este órgano ambiental ha observado que la evolución piezométrica mostrada
en el modelo para el piezómetro Albergue-Laguna del Hondo de la Diputación Provincial
de Alicante no resulta coherente con los datos históricos del piezómetro aportados por el
promotor, los cuales muestran que la cota piezométrica apenas varía (<0,5 m) durante
los periodos de explotación temporal 2006-2009 y 2015-2019, manteniéndose en torno
a 9,5 m.s.n.m. Tampoco resulta coherente que la cota inicial se encuentre a 13 m.s.n.m.
teniendo en cuenta que, según la evolución histórica del piezómetro también incluida en
el expediente, el nivel del agua nunca se ha situado por encima de los 10,5 m.s.n.m.
A la vista de todo lo anterior, este órgano ambiental considera necesario que lo antes
posible se mejore la definición y calibración del modelo de comportamiento del acuífero
utilizado, extendiéndolo a todo el periodo en el que se disponga de datos, y que el
seguimiento del presente ciclo de bombeo incorpore la recogida de todos los datos precisos
para volver mejorar su calibración una vez finalice. También es preciso incorporar
condiciones que aseguren que el abastecimiento de la población y los demás usos con
prioridad según el Plan Hidrológico no se puedan ver negativamente afectados. Todo ello
queda recogido en el condicionado de la presente declaración de impacto ambiental.
4.2.1.2 Impactos en el régimen de caudales de las aguas superficiales conectadas
a la masa de agua subterránea.
En lo relativo a masas de agua tipo río, en el ámbito del proyecto se encuentran el río
Segura y el Reguerón. Según el Plan Hidrológico vigente, el río Segura en las Vegas
Media y Baja se divide en 2 masas de agua: Encauzamiento río Segura entre
Contraparada y Reguerón (ES070MSPF002080115) y Encauzamiento río Segura desde
Reguerón a desembocadura (ES070MSPF002080116). Tanto ambos tramos del río
Segura como la masa de agua Reguerón (ES070MSPF002080210) están clasificadas
como muy modificadas y no alcanzan el buen potencial ecológico, que es deficiente en el
caso del Encauzamiento río Segura desde Reguerón a desembocadura y moderado en
las otras dos masas de agua. Respecto al estado químico, únicamente la masa de agua
Encauzamiento río Segura entre Contraparada y Reguerón alcanza el buen estado.
El caudal circulante por el río Segura está determinado por el régimen de descargas
desde los embalses de cabecera de la cuenca y por el Trasvase Tajo-Segura. Respecto
a la relación río-acuífero, el río juega un papel importante en el régimen regulador del
balance hídrico del acuífero, comportándose como perdedor en el tramo occidental de la
Vega Media del Segura y como ganador desde el casco urbano de Murcia hasta su
desembocadura. La puesta en explotación de los pozos de la BES supondrá un
incremento del gradiente hidráulico entre la lámina de agua del río y el nivel piezométrico
del acuífero, aumentando los aportes desde el río al acuífero en cabecera, mientras que
en el tramo ganador se reducirán las descargas desde el acuífero al río. Esta situación
supondrá una reducción del caudal circulante por el río durante todo el periodo de
explotación que se mantendrá hasta el cese de las extracciones y la recuperación del
nivel piezométrico a su estado inicial.
La Oficina de Planificación Hidrológica del Segura prevé impactos moderados y
recuperables en cuanto a oscilaciones de la lámina del agua en zonas húmedas y caudal
del río Segura, siempre que se ejecuten las medidas y seguimiento ambiental
contemplados en los respectivos EsIA.
Por este motivo, este órgano ambiental considera que es necesario que el
seguimiento ambiental incorpore el seguimiento de cumplimiento del régimen de
cve: BOE-A-2024-19663
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 236