III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-19651)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, del Centro Nacional de Información Geográfica, O.A., por la que se publica el Convenio con Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, S.M.E., SA, Entidad Pública Empresarial ENAIRE, Puertos del Estado y la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, para su participación conjunta en la 45.ª edición de la Feria Internacional de Turismo, FITUR 2025. Madrid del 22 al 26 de enero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Lunes 30 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 119921

Octava. Aportaciones de las partes.
Cada una de las partes firmantes asumirán los costes citados del siguiente modo:
1.

Coste de alquiler de suelo según tarifa de IFEMA.

El alquiler del espacio expositivo se contratará y abonará directamente por las partes
a IFEMA quien emitirá la correspondiente factura individualizada a cada entidad firmante
de este convenio por el importe correspondiente a la superficie imputable, a efectos de
facturación para cada una de ellas, según lo indicado en la cláusula séptima apartado 1.
Estos costes son proporcionales a la ocupación del suelo de cada firmante, según los
porcentajes reflejados en la cláusula tercera.
2. Coste de diseño, construcción, montaje, desmontaje, mantenimiento y asistencia
técnica integral.
2.1 El equipamiento correspondiente a su superficie expositiva (cláusula cuarta).
2.2 La parte proporcional, en función de su superficie de facturación (cláusula
tercera), del coste del truss, tarima, instalación eléctrica e iluminación, y los servicios de
mantenimiento, seguridad, limpieza.
2.3 La sexta parte del coste del equipamiento y servicios específicos del espacio de
entrada al stand y cuartos de limpieza, guardarropa y almacén.
El coste de diseño, construcción, montaje, desmontaje, mantenimiento y asistencia
técnica integral se abonará directamente por las partes a la empresa adjudicataria del
contrato tramitado al efecto quien emitirá la correspondiente factura individualizada a
cada entidad firmante de este convenio por el importe que le corresponda, según lo
indicado en la cláusula séptima.
3.

Costes de las demandas de diseño específicas de cada entidad.

Cada parte firmante asumirá el coste de las solicitudes específicas destinadas
expresamente a su ámbito expositivo.
4.

Importes máximos de facturación.

A modo de resumen y en orden a los expresado en los tres puntos anteriores de la
presente cláusula, los costes de participación de las partes en FITUR 2025, no
excederán de los siguientes importes (sin IVA):
Coste total
Sin IVA

Euros

RENFE.

54.751,90

111.171,99

165.923,89

AENA.

46.482,98

94.134,15

140.617,13

ADIF.

37.462,34

75.477,69

112.940,03

ENAIRE.

33.703,34

67.725,46

101.429,20

Puertos del Estado.

20.736,57

41.018,63

61.755,20

CNIG.

18.481,41

36.418,40

54.899,81

211.618,94

425.946,32

637.565,26

Total.
*

Incluye también costes energía eléctrica, seguros obligatorios y markerting + live connect.

Los porcentajes fijados y las cantidades en este convenio tendrán validez para el
contrato que se tramite durante 2024.

cve: BOE-A-2024-19651
Verificable en https://www.boe.es

Ejercicio 2024
Ejercicio 2025
Suelo*
Diseño, fabricación, montaje y desmontaje


Euros
Euros