III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Becas. (BOE-A-2024-19615)
Acuerdo de 24 de septiembre de 2024, de la Mesa del Senado, por el que se convocan becas de formación archivística, documental y bibliotecaria, relacionada con la actividad oficial del Senado para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Undécima.
Sec. III. Pág. 119705
Justificación del cumplimiento de la finalidad de la beca.
Al finalizar la beca el tutor o tutora se encargará de redactar y firmar el informe de
cumplimiento de la beca, en el que se detallen las tareas realizadas y el grado de
cumplimiento de las mismas, así como la formación recibida.
Una copia del mismo se facilitará al becario o becaria, una vez presente la memoria
de la beca.
Duodécima.
Certificado administrativo de cumplimiento de la beca.
Además del informe detallado en la base undécima, se expedirá un certificado,
firmado por la Directora de Documentación, con las fechas de inicio y fin de la beca y
una somera descripción de las tareas realizadas. Este tipo de certificados se expedirán a
petición de la persona adjudicataria en cualquier momento de la beca y, en todo caso, al
finalizar el período formativo.
Decimotercera.
Recursos.
La presente convocatoria podrá ser recurrida ante la Mesa del Senado, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado». Asimismo, las resoluciones del jurado que determinen la imposibilidad de
continuar en el proceso de selección o produzcan indefensión podrán ser impugnadas
ante la Mesa del Senado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
su publicación. Los mencionados procedimientos de impugnación de las actuaciones se
realizarán únicamente a través de los medios electrónicos dispuestos en la página web
del Senado (www.senado.es).
Las resoluciones adoptadas por la Mesa de la Cámara pondrán fin a la vía
administrativa y serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante la Sala
Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde la recepción de su
notificación.
cve: BOE-A-2024-19615
Verificable en https://www.boe.es
Palacio del Senado, 24 de septiembre de 2024.–El Presidente del Senado, Pedro
Manuel Rollán Ojeda.
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Undécima.
Sec. III. Pág. 119705
Justificación del cumplimiento de la finalidad de la beca.
Al finalizar la beca el tutor o tutora se encargará de redactar y firmar el informe de
cumplimiento de la beca, en el que se detallen las tareas realizadas y el grado de
cumplimiento de las mismas, así como la formación recibida.
Una copia del mismo se facilitará al becario o becaria, una vez presente la memoria
de la beca.
Duodécima.
Certificado administrativo de cumplimiento de la beca.
Además del informe detallado en la base undécima, se expedirá un certificado,
firmado por la Directora de Documentación, con las fechas de inicio y fin de la beca y
una somera descripción de las tareas realizadas. Este tipo de certificados se expedirán a
petición de la persona adjudicataria en cualquier momento de la beca y, en todo caso, al
finalizar el período formativo.
Decimotercera.
Recursos.
La presente convocatoria podrá ser recurrida ante la Mesa del Senado, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado». Asimismo, las resoluciones del jurado que determinen la imposibilidad de
continuar en el proceso de selección o produzcan indefensión podrán ser impugnadas
ante la Mesa del Senado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
su publicación. Los mencionados procedimientos de impugnación de las actuaciones se
realizarán únicamente a través de los medios electrónicos dispuestos en la página web
del Senado (www.senado.es).
Las resoluciones adoptadas por la Mesa de la Cámara pondrán fin a la vía
administrativa y serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante la Sala
Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde la recepción de su
notificación.
cve: BOE-A-2024-19615
Verificable en https://www.boe.es
Palacio del Senado, 24 de septiembre de 2024.–El Presidente del Senado, Pedro
Manuel Rollán Ojeda.