I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2024-19488)
Orden TMD/1036/2024, de 23 de septiembre, por la que se crea y regula la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Sábado 28 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 119172

i) Coordinar la recogida, agregación e incorporación de la información requerida por la
SGAD. En particular recabará, y remitirá trimestralmente, la información presupuestaria
referente a los recursos económicos destinados a los bienes y servicios TIC de todo el
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, a los efectos previstos en el
artículo 19 del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, usando para ello las directrices,
procedimientos y/o herramientas que proporcione la SGAD.
j) Cualquier asunto que le sea delegado expresamente por el Pleno.
3. En el seno de la Comisión Permanente podrán crearse ponencias técnicas como
apoyo a la Comisión en el ejercicio de sus funciones. Asimismo, por razones de urgencia
o eficacia, la Comisión Permanente podrá actuar a través de grupos de trabajo
específicos, permanentes o no, designados en su seno. A tal efecto la Comisión, en el
acuerdo de creación de cada grupo, determinará las facultades, normas de
funcionamiento, composición y vigencia temporal de éste. Los grupos deberán informar
sobre sus actividades y decisiones en las reuniones de la Comisión Permanente y
actuarán bajo la superior dirección de su presidente.
Artículo 5.

Deber de colaboración.

1. En el ámbito de las funciones que tiene encomendadas, la Comisión Ministerial
de Administración Digital podrá recabar de los órganos y unidades del Departamento
cuantos datos e informes considere necesarios para el cumplimiento de sus fines.
2. A los efectos de una adecuada comunicación y relación, los distintos órganos
superiores y directivos del Departamento designarán un interlocutor con la Comisión
Ministerial de Administración Digital.
3. La Comisión Ministerial de Administración Digital mantendrá permanentemente
informados a los distintos órganos y unidades del Departamento en relación con las
materias a las que se refieren sus cometidos.
Disposición adicional primera.

No incremento de gasto.

El funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital no supondrá
incremento alguno del gasto público y será atendido con los medios materiales y recursos
humanos existentes en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. En
particular, le prestará apoyo técnico y administrativo la División de Tecnologías de la
Información.
Disposición adicional segunda.

Instrucciones de aplicación.

La Subsecretaría del Departamento podrá dictar las instrucciones necesarias para el
adecuado cumplimiento de esta orden.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Queda derogada la Orden TER/715/2022, de 22 de julio, por la que se crea y regula
la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política Territorial.
Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 23 de septiembre de 2024.–El Ministro de Política Territorial y Memoria
Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-19488
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final única.