III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-19455)
Resolución de 22 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, para colaborar en la realización del encuentro «De una vida impuesta a una vida elegida. La desinstitucionalización de los apoyos y los cuidados».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Viernes 27 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 118980

ii. El IMSERSO mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se
pueda recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que el propio
IMSERSO realiza, asumiendo éste toda la responsabilidad frente al profesorado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada por dicha
gestión.
III. Compromiso económico.
i. El IMSERSO abonará a la UIMP un máximo de treinta y dos mil cuatrocientos
diecisiete euros (32.417,00 €), que incluye:
– Un máximo de treinta mil ochocientos cuarenta y dos euros (30.842,00 €), en
concepto de apoyo económico a la organización y celebración del encuentro, en
concreto, para cubrir las partidas que se indican en el presupuesto aprobado que se
adjunta como anexo II.
– Un máximo de mil quinientos setenta y cinco euros (1.575,00 €) para el pago de
las inscripciones de los trabajadores del IMSERSO, según se indica en el apartado II.i de
esta cláusula.

Tercera.
I.

Compromisos asumidos por la UIMP.

Aspectos académicos.

– Corresponde a la UIMP el nombramiento de la persona que se encargará de la
dirección académica del encuentro, a propuesta del IMSERSO, así como la aprobación
del programa definitivo y de las normas conforme a las que debe desarrollarse el
encuentro, en especial toda la normativa relativa a criterios de admisión o cualquier otro
asunto relativo al alumnado, vigilando en todo momento que se cumpla el más

cve: BOE-A-2024-19455
Verificable en https://www.boe.es

Las cantidades indicadas irán con cargo a la aplicación presupuestaria 6004 3591
22660 de su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y
suficiente, y se abonarán a la UIMP mediante transferencia bancaria, a la cuenta que se
indique oportunamente. Se establecen como requisitos para el pago que se haya
celebrado el encuentro de conformidad con lo previsto y acordado en este convenio y que
se haya presentado por parte de la UIMP, antes del 10 de noviembre de 2024, la
liquidación final del presupuesto, en la que se revisarán las unidades realmente ejecutadas
de cada partida de acuerdo con los importes unitarios aprobados en el presupuesto que se
incluye como anexo II. El importe final no podrá superar en ningún caso el máximo
indicado en el párrafo anterior. Los responsables del seguimiento, vigilancia y control del
convenio certificarán conjuntamente el cumplimiento de los requisitos indicados para el
pago. Este pago se deberá realizar en el plazo máximo de 30 días desde la emisión de la
certificación indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2024.
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, el
IMSERSO únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe
de aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y
no pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP y hasta el importe
máximo indicado anteriormente.
ii. Aportación en servicios. Con independencia de la aportación a la UIMP recogida
en el punto i) de este apartado, el IMSERSO asumirá directamente con su propios
medios de su presupuesto ordinario, y por un importe máximo de ocho mil euros
(8.000,00 €), la financiación de las actuaciones que gestiona directamente según el
apartado II.i de esta cláusula. Esto no implica un traspaso de fondos a la UIMP.
iii. Las cuantías indicadas en los puntos i) y ii) de este apartado totalizan un
compromiso económico máximo por parte del IMSERSO en virtud de este convenio de
cuarenta mil cuatrocientos diecisiete euros (40.417,00 €).