III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-19473)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid y la Tesorería General de la Seguridad Social, para la colaboración con el curso de formación permanente «Experto en Seguridad Social».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119139
en un 15 % del precio de la matrícula de los títulos y que se estima por curso en
unos 14.850 euros en el supuesto de que se consigan completar todas las plazas del
curso, fijadas en 55 alumnos. Ello no implica traspaso alguno de dinero a la TGSS.
Cuarta.
Eficacia y validez de la presente adenda al convenio.
La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará
eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización,
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo,
será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2024-19473
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presenta adenda
modificativa y de prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como
fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por la
Universidad Complutense de Madrid, la Vicerrectora de Formación Permanente,
Empleabilidad y Emprendimiento, María Concepción García Gómez.–Por la Tesorería
General de la Seguridad Social, el Director General, Andrés Harto Martínez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119139
en un 15 % del precio de la matrícula de los títulos y que se estima por curso en
unos 14.850 euros en el supuesto de que se consigan completar todas las plazas del
curso, fijadas en 55 alumnos. Ello no implica traspaso alguno de dinero a la TGSS.
Cuarta.
Eficacia y validez de la presente adenda al convenio.
La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará
eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización,
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo,
será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2024-19473
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presenta adenda
modificativa y de prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como
fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por la
Universidad Complutense de Madrid, la Vicerrectora de Formación Permanente,
Empleabilidad y Emprendimiento, María Concepción García Gómez.–Por la Tesorería
General de la Seguridad Social, el Director General, Andrés Harto Martínez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X