III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19470)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico PSFV Martelilla, de 118,19 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cádiz».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119110
del proyecto como con las medidas en él establecidas, relativas a periodos, plazos y
seguimientos previstos.
Se deberán consensuar medidas con la Delegación Territorial de Sostenibilidad,
Medio Ambiente, y Economía Azul en Cádiz, con el fin de prevenir, corregir y compensar
el impacto del proyecto sobre la pérdida de hábitat para quirópteros, águila imperial
ibérica y aves esteparias.
Se instalará un mínimo del equivalente a uno de los siguientes elementos por hectárea
de la zona incluida en el vallado de la PSFV, de distinta tipología, que consistirán en:
charcas para especies acuáticas y anfibios, majanos para conejos y reptiles, posaderos y
cajas nido de distintas tipologías para aves y quirópteros (se priorizarán las especies que
pierden sustrato de nidificación). Además, se debe instalar fuera del cómputo de los
anteriores: fajas para polinizadores, colmenas en convenio con apicultores, refugios para
insectos, etc. De esta forma el número de elementos para promover la biodiversidad será
de un mínimo de 201 elementos y se priorizarán los que favorezcan la presencia de las
presas principales del águila imperial ibérica y quirópteros.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de
que no continuara con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización
al apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente, fue remitida a la
Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente, y Economía Azul en Cádiz de
la Junta de Andalucía, el 23 de julio de 2024, con el fin de que emitieran observaciones
en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022,
quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación
de afección ambiental.
Con fecha 26 de julio de 2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente, y Economía Azul en Cádiz remite informe en el que recoge que el proyecto es
compatible con la conservación de los valores ambientales de la zona donde pretende
ubicarse y de su entorno próximo, siempre que se lleven a cabo las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias contempladas en el estudio de impacto ambiental y las
medidas indicadas en su informe, las cuales han sido tenidas en cuenta e integradas en
esta resolución.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección
ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual
dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho
plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la resolución de los procedimientos
de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo
con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental
en el sentido de que el proyecto «Parque solar fotovoltaico PSFV Martelilla de 118,19 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cádiz», en el
término municipal de Jerez de la Frontera, continúe con la correspondiente tramitación del
procedimiento de autorización al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio
cve: BOE-A-2024-19470
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119110
del proyecto como con las medidas en él establecidas, relativas a periodos, plazos y
seguimientos previstos.
Se deberán consensuar medidas con la Delegación Territorial de Sostenibilidad,
Medio Ambiente, y Economía Azul en Cádiz, con el fin de prevenir, corregir y compensar
el impacto del proyecto sobre la pérdida de hábitat para quirópteros, águila imperial
ibérica y aves esteparias.
Se instalará un mínimo del equivalente a uno de los siguientes elementos por hectárea
de la zona incluida en el vallado de la PSFV, de distinta tipología, que consistirán en:
charcas para especies acuáticas y anfibios, majanos para conejos y reptiles, posaderos y
cajas nido de distintas tipologías para aves y quirópteros (se priorizarán las especies que
pierden sustrato de nidificación). Además, se debe instalar fuera del cómputo de los
anteriores: fajas para polinizadores, colmenas en convenio con apicultores, refugios para
insectos, etc. De esta forma el número de elementos para promover la biodiversidad será
de un mínimo de 201 elementos y se priorizarán los que favorezcan la presencia de las
presas principales del águila imperial ibérica y quirópteros.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de
que no continuara con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización
al apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente, fue remitida a la
Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente, y Economía Azul en Cádiz de
la Junta de Andalucía, el 23 de julio de 2024, con el fin de que emitieran observaciones
en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022,
quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación
de afección ambiental.
Con fecha 26 de julio de 2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente, y Economía Azul en Cádiz remite informe en el que recoge que el proyecto es
compatible con la conservación de los valores ambientales de la zona donde pretende
ubicarse y de su entorno próximo, siempre que se lleven a cabo las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias contempladas en el estudio de impacto ambiental y las
medidas indicadas en su informe, las cuales han sido tenidas en cuenta e integradas en
esta resolución.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección
ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual
dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho
plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la resolución de los procedimientos
de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo
con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental
en el sentido de que el proyecto «Parque solar fotovoltaico PSFV Martelilla de 118,19 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cádiz», en el
término municipal de Jerez de la Frontera, continúe con la correspondiente tramitación del
procedimiento de autorización al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio
cve: BOE-A-2024-19470
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 234