III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-19469)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Limne, para la realización de actuaciones de mantenimiento, conservación, recuperación, restauración y mejora del patrimonio natural y la biodiversidad, del dominio público hidráulico en el tramo bajo del río Turia, mediante acciones de voluntariado y custodia fluvial en el río Turia.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119087
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
19469
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Confederación Hidrográfica
del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Limne,
para la realización de actuaciones de mantenimiento, conservación,
recuperación, restauración y mejora del patrimonio natural y la biodiversidad,
del dominio público hidráulico en el tramo bajo del río Turia, mediante
acciones de voluntariado y custodia fluvial en el río Turia.
La Confederación Hidrográfica del Júcar y la Fundación Limne han suscrito, con
fecha 16 de septiembre de 2024, en la sede del Organismo en Valencia, el convenio de
referencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo a esta resolución.
Valencia, 19 de septiembre de 2024.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica
del Júcar, O.A., Miguel Polo Cebellán.
ANEXO
Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. y la Fundación Limne
para la realización de actuaciones de mantenimiento, conservación, recuperación,
restauración y mejora del patrimonio natural y la biodiversidad, del dominio
público hidráulico en el tramo bajo del río Turia, mediante acciones de
voluntariado y custodia fluvial en el río Turia
De una parte, don Miguel Polo Cebellán, que interviene en nombre y representación
de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., con CIF Q4617001E, de la que es
Presidente, nombrado por el Secretario de Estado de Medioambiente (toma de posesión
de 2 de febrero de 2021), en virtud de las facultades que le confiere el artículo 30 del
Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Aguas, y en ejercicio de las competencias asignadas en los artículos 23.2, b
y 25. 2 del citado texto refundido, ostentando la competencia que le confiere el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, doña Sales Tomas Pons, como Directora-Gerente, en virtud de la
Escritura de Nombramiento de cargos otorgada el día 22 de enero de 2009 ante el
Notario Don Enrique Farrés Reig, y en nombre y representación de la Fundación Limne,
entidad domiciliada en Valencia, calle Pintor Ribera 2-A. 46930 Quart de Poblet
(Valencia), con CIF G-97953228, número 460004 en el Registro de Fundaciones del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y facultada por el Título
Tercero. Órganos de Gestión. Artículo 23.A de sus Estatutos.
Ambas partes, en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que
ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad y competencia para formalizar el
presente convenio y
cve: BOE-A-2024-19469
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119087
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
19469
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Confederación Hidrográfica
del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Limne,
para la realización de actuaciones de mantenimiento, conservación,
recuperación, restauración y mejora del patrimonio natural y la biodiversidad,
del dominio público hidráulico en el tramo bajo del río Turia, mediante
acciones de voluntariado y custodia fluvial en el río Turia.
La Confederación Hidrográfica del Júcar y la Fundación Limne han suscrito, con
fecha 16 de septiembre de 2024, en la sede del Organismo en Valencia, el convenio de
referencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo a esta resolución.
Valencia, 19 de septiembre de 2024.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica
del Júcar, O.A., Miguel Polo Cebellán.
ANEXO
Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. y la Fundación Limne
para la realización de actuaciones de mantenimiento, conservación, recuperación,
restauración y mejora del patrimonio natural y la biodiversidad, del dominio
público hidráulico en el tramo bajo del río Turia, mediante acciones de
voluntariado y custodia fluvial en el río Turia
De una parte, don Miguel Polo Cebellán, que interviene en nombre y representación
de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., con CIF Q4617001E, de la que es
Presidente, nombrado por el Secretario de Estado de Medioambiente (toma de posesión
de 2 de febrero de 2021), en virtud de las facultades que le confiere el artículo 30 del
Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Aguas, y en ejercicio de las competencias asignadas en los artículos 23.2, b
y 25. 2 del citado texto refundido, ostentando la competencia que le confiere el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, doña Sales Tomas Pons, como Directora-Gerente, en virtud de la
Escritura de Nombramiento de cargos otorgada el día 22 de enero de 2009 ante el
Notario Don Enrique Farrés Reig, y en nombre y representación de la Fundación Limne,
entidad domiciliada en Valencia, calle Pintor Ribera 2-A. 46930 Quart de Poblet
(Valencia), con CIF G-97953228, número 460004 en el Registro de Fundaciones del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y facultada por el Título
Tercero. Órganos de Gestión. Artículo 23.A de sus Estatutos.
Ambas partes, en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que
ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad y competencia para formalizar el
presente convenio y
cve: BOE-A-2024-19469
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS