I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Aparatos eléctricos y electrónicos. Residuos. (BOE-A-2024-19391)
Orden TED/1032/2024, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla la plataforma electrónica de gestión y la oficina de asignación de recogidas de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Viernes 27 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 118817

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
19391

Orden TED/1032/2024, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla la
plataforma electrónica de gestión y la oficina de asignación de recogidas de
residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

El Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y
electrónicos, nace con el objeto de regular el flujo de los residuos de aparatos eléctricos
y electrónicos (en adelante, RAEE) de manera ambiciosa, ya que se habían detectado
insuficiencias a lo largo de los años que impedían a España cumplir con los objetivos
marcados por la Unión Europea y con los planteamientos del uso eficiente de los
recursos, de protección de la salud humana y del medio ambiente. De aquí la necesidad
de diseñar y materializar un modelo de gestión de RAEE eficaz y eficiente que permitiera
a nuestro país estar a la altura del resto de países de la Unión Europea, en línea con los
principios de la economía circular y, en definitiva, que velase por la protección del medio
ambiente.
En consecuencia, el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, regula el marco
jurídico de la gestión de los RAEE, incorporando la Directiva 2012/19/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, sobre residuos de aparatos eléctricos y
electrónicos, y añadiendo también las novedades que establecía la Ley 22/2011, de 28
de julio, de residuos y suelos contaminados, que ha sido posteriormente derogada por la
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular. El Real Decreto 110/2015, de 20 febrero, incorporaba como novedad la creación
de la plataforma electrónica de gestión de RAEE y la oficina de asignación de recogidas
de RAEE, que son instrumentos de control en materia de gestión de RAEE (gestión que
abarca tanto la recogida como los tratamientos posteriores) e instrumentos de apoyo del
grupo de trabajo de RAEE de la Comisión de coordinación en materia de residuos, tal y
como se recoge en los artículos 55 y 56 del citado real decreto.
En primer lugar, la plataforma electrónica de gestión de RAEE permitirá conocer la
cantidad y la situación de todos los RAEE constituyendo una base de datos sobre
recogida y tratamiento de estos residuos. En particular, la plataforma electrónica
garantizará la trazabilidad de los RAEE y posibilitará la consulta de datos de RAEE en
función del perfil del operador de que se trate. Otra de sus funciones será facilitar la
información sobre el cálculo de los RAEE gestionados dentro del territorio del Estado, así
como los trasladados para su gestión a la Unión Europea y a terceros países. Todo ello
permitirá ejercer las competencias de vigilancia, supervisión y control, y posibilitará el
suministro de información y de control del cumplimiento de los objetivos de la Unión
Europea en materia de recogida y de valorización de RAEE.
También, la información contenida en la plataforma electrónica es la fuente con la
que, por un lado, se evaluará el grado de cumplimiento de los objetivos en materia de
RAEE y, por otro, se elaborarán las estadísticas e informes relativos a la gestión de este
flujo de residuos. Además, la plataforma electrónica es el medio a través del cual los
gestores cumplen con sus obligaciones de información tales como el archivo cronológico
y la memoria anual, de acuerdo con los artículos 64 y 65 de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
Así mismo, contiene la información que, en materia de residuos, han de aportar los
productores de aparatos eléctricos y electrónicos (en adelante, AEE) a las
Administraciones Públicas, en cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la
responsabilidad ampliada del productor.

cve: BOE-A-2024-19391
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