I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo de la Guardia Civil. Planes de estudios. (BOE-A-2024-19389)
Orden PJC/1030/2024, de 25 de septiembre, por la que se modifica la Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los currículos de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante las formas de ingreso por acceso directo sin titulación universitaria y por promoción profesional; se dictan las normas de evaluación, y de progreso y permanencia en el centro docente de formación; y se regulan las titulaciones que permiten el ingreso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 118796
Además, la remisión que en la recientemente aprobada Orden PCM/286/2023, de 23 de
marzo, por la que se regula el currículo de la enseñanza de formación para la incorporación
a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante la forma de ingreso por
acceso directo con titulación universitaria previa y las titulaciones que permiten el ingreso,
realiza a las normas contenidas en el título II de la Orden PCI/978/2018, de 20 de
septiembre, hacen oportuna una serie de modificaciones incluyendo referencias directas a
esta nueva modalidad de ingreso en la Escala de Oficiales.
En cuanto a su contenido y tramitación, la norma observa los principios de buena
regulación conforme a los que deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la
iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En
virtud de los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad, viene a modificar la norma
donde se encuentra la regulación de la enseñanza de formación para la incorporación a la
Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante la forma de ingreso por acceso
directo sin titulación universitaria previa, contiendo la regulación imprescindible para la
aprobación del nuevo currículo por el medio más adecuado como es la modificación de la
citada norma. De igual modo, a fin de garantizar los principios de seguridad jurídica y
transparencia la orden se incardina de forma coherente en el marco normativo que regula el
sistema de enseñanza de la Guardia Civil, dando cumplimiento en su tramitación a cuanto se
dispone en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno. De igual manera, en atención a lo dispuesto en el
artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en el artículo 133 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, el proyecto ha sido sometido al correspondiente trámite de
audiencia e información pública. Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, la norma
persigue una gestión racional de los recursos públicos.
Por último, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley
Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los
miembros de la Guardia Civil, esta orden ha sido sometida al informe del Consejo de la
Guardia Civil.
En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro del Interior y de la Ministra de
Defensa, y con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la
Función Pública, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la
que se regulan los currículos de la enseñanza de formación para la incorporación a la
Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante las formas de ingreso
por acceso directo sin titulación universitaria y por promoción profesional; se dictan
las normas de evaluación, y de progreso y permanencia en el centro docente de
formación; y se regulan las titulaciones que permiten el ingreso.
Uno.
El apartado 1 del artículo 6, queda redactado como sigue:
«Artículo 6. Estructura de la enseñanza de formación de oficiales.
1. La enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales
por acceso directo sin titulación universitaria previa comprende el plan de estudios
de la formación militar y de Cuerpo de Seguridad y el plan de estudios
correspondiente a la titulación de Grado en Ciencias de la Seguridad Pública. El
total de la enseñanza de formación se integra en un currículo único.»
cve: BOE-A-2024-19389
Verificable en https://www.boe.es
La Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los currículos de
la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de
la Guardia Civil mediante las formas de ingreso por acceso directo sin titulación
universitaria y por promoción profesional; se dictan las normas de evaluación, y de
progreso y permanencia en el centro docente de formación; y se regulan las titulaciones
que permiten el ingreso, queda modificada como sigue:
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 118796
Además, la remisión que en la recientemente aprobada Orden PCM/286/2023, de 23 de
marzo, por la que se regula el currículo de la enseñanza de formación para la incorporación
a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante la forma de ingreso por
acceso directo con titulación universitaria previa y las titulaciones que permiten el ingreso,
realiza a las normas contenidas en el título II de la Orden PCI/978/2018, de 20 de
septiembre, hacen oportuna una serie de modificaciones incluyendo referencias directas a
esta nueva modalidad de ingreso en la Escala de Oficiales.
En cuanto a su contenido y tramitación, la norma observa los principios de buena
regulación conforme a los que deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la
iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En
virtud de los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad, viene a modificar la norma
donde se encuentra la regulación de la enseñanza de formación para la incorporación a la
Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante la forma de ingreso por acceso
directo sin titulación universitaria previa, contiendo la regulación imprescindible para la
aprobación del nuevo currículo por el medio más adecuado como es la modificación de la
citada norma. De igual modo, a fin de garantizar los principios de seguridad jurídica y
transparencia la orden se incardina de forma coherente en el marco normativo que regula el
sistema de enseñanza de la Guardia Civil, dando cumplimiento en su tramitación a cuanto se
dispone en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno. De igual manera, en atención a lo dispuesto en el
artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en el artículo 133 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, el proyecto ha sido sometido al correspondiente trámite de
audiencia e información pública. Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, la norma
persigue una gestión racional de los recursos públicos.
Por último, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley
Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los
miembros de la Guardia Civil, esta orden ha sido sometida al informe del Consejo de la
Guardia Civil.
En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro del Interior y de la Ministra de
Defensa, y con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la
Función Pública, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la
que se regulan los currículos de la enseñanza de formación para la incorporación a la
Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante las formas de ingreso
por acceso directo sin titulación universitaria y por promoción profesional; se dictan
las normas de evaluación, y de progreso y permanencia en el centro docente de
formación; y se regulan las titulaciones que permiten el ingreso.
Uno.
El apartado 1 del artículo 6, queda redactado como sigue:
«Artículo 6. Estructura de la enseñanza de formación de oficiales.
1. La enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales
por acceso directo sin titulación universitaria previa comprende el plan de estudios
de la formación militar y de Cuerpo de Seguridad y el plan de estudios
correspondiente a la titulación de Grado en Ciencias de la Seguridad Pública. El
total de la enseñanza de formación se integra en un currículo único.»
cve: BOE-A-2024-19389
Verificable en https://www.boe.es
La Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los currículos de
la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de
la Guardia Civil mediante las formas de ingreso por acceso directo sin titulación
universitaria y por promoción profesional; se dictan las normas de evaluación, y de
progreso y permanencia en el centro docente de formación; y se regulan las titulaciones
que permiten el ingreso, queda modificada como sigue: