III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2024-19377)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de colaboración con la Ciudad de Melilla, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia correspondientes a la anualidad inicial de 2023.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 118747

legalmente afectados a financiar los mismos, con la correlativa obligación del
reintegro total o parcial de dichos ingresos en caso de no realizarse el gasto o en
caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos.
2. Los proyectos a realizar y su vinculación a los Hitos y Objetivos (H/O) CID
serán los recogidos en el anexo I. Cada Comunidad Autónoma debe realizar al
menos la aportación mínima a los citados H/O CID indicada en el anexo I,
asegurando dicha aportación mínima en la fecha de consecución fijada para cada
H/O CID, teniendo en cuenta que el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, permite la posibilidad de que
intervenciones iniciadas a partir del 1 de febrero de 2020 puedan contribuir a
cumplir con los H/O CID. Todo ello siempre y cuando se cumpla la normativa
aplicable, tal como se refiere en el apartado 7 de la cláusula quinta sobre la
obligación de sometimiento, por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, y también
por parte de los perceptores finales, a las disposiciones comunitarias sobre el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Por otra parte, cada Comunidad Autónoma deberá realizar un seguimiento
semestral de la ejecución presupuestaria por H/O CID de acuerdo a la tabla del
anexo II. Además, la Ciudad Autónoma de Melilla deberá reportar la información y
documentación que se ajuste a lo establecido en los Operational Arrangements
(Disposiciones Operativas), acordados entre la Comisión Europea y España y
vigentes en la fecha de cumplimiento del H/O CID.
3. Si la Ciudad Autónoma de Melilla cumpliera y alcanzase en la fecha
señalada la aportación mínima acordada para cada H/O CID antes citado, ésta
podría seguir ejecutando la totalidad de la cantidad del importe total 2021-2023
hasta el final de la vigencia del convenio. Una vez que el convenio expire, los
fondos restantes no ejecutados deberán ser reintegrados.
4. Será responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla el seguimiento de
la ejecución del coste estimado, a través del seguimiento de la ejecución contable
de los gastos imputados a proyectos o iniciativas del PRTR.
5. Asimismo, será responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla la
fiabilidad y el seguimiento de tales indicadores, de manera que pueda conocerse
en todo momento el nivel de consecución de los H/O CID. La Ciudad Autónoma de
Melilla realizará una memoria semestral de cumplimiento de los H/O CID y de la
ejecución presupuestaria de los mismos, que será entregada en el formato y
plazos establecidos por este Ministerio, pudiendo solicitar la inclusión de otros
extremos en la memoria que considere necesarios.
6. Si la Ciudad Autónoma de Melilla, en ejecución del presente convenio,
debiera otorgar financiación a destinarios finales, públicos o privados, establecerá
mecanismos que aseguren que las medidas a desarrollar por estos últimos
contribuyen al logro de los H/O CID citados y que aportan la información que, en
su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores. La
financiación a terceros se vinculará al logro de los H/O CID estipulados en el
anexo I.
7. La Ciudad Autónoma de Melilla asegurará la adopción de medidas
dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, y
prevenir el conflicto de interés y la doble financiación. Se deberán atener a las
obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses, del fraude, de la
corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En especial, tomarán las
medidas para asegurar que no exista conflicto de interés, tanto en el ámbito del
órgano concedente de subvenciones y en los receptores finales de las ayudas,
como en los órganos de contratación y los contratistas y subcontratistas
encargados de la ejecución de los contratos licitados para la ejecución de los

cve: BOE-A-2024-19377
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 233