III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-19363)
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Jueves 26 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 118355

Director/a de Oficina.
Criterios generales: Personas físicas que, contratadas en una oficina de agencia de
intermediación inmobiliaria registrada, y con los conocimientos técnicos adecuados,
prestan servicios de administración de negocios, dirección y coordinación del conjunto de
sujetos de la misma, teniendo responsabilidad, iniciativa y autonomía en el diseño,
planificación, ejecución y evaluación de la actividad empresarial.
Competencias profesionales enmarcadas dentro del desarrollo profesional que se
produce en una oficina de gestión y mediación inmobiliaria:
Planificación de actividades empresariales (implantación del establecimiento
comercial, programación de acciones, adquisición y asignación de recursos humanos y
materiales, control de procesos).
Planificación y organización de los recursos humanos, estableciendo una política de
comunicación, motivación, trabajo en equipo, formación, para promover la implicación del
personal y conseguir los objetivos empresariales.
Definición de estrategias y actuaciones comerciales (plan de actuación comercial y
plan de ventas).
Gestión financiera de la oficina (identificación de necesidades financieras, gestión de
información y contratación de recursos financieros, gestión y control de tesorería y su
presupuesto).
Gestión administrativa y económico financiera de la oficina (obtención de recursos
financieros necesarios, control económico de la actividad, gestión administrativa de las
obligaciones fiscales, contables y laborales).
Establecimiento de los sistemas de gestión de calidad y/o medio ambiente y de la
gestión de la prevención de los riesgos laborales.
Formación Reglada (recomendada): Se recomienda estar en posesión de un título de
postgrado, grado, licenciatura, diplomatura y/o Técnico Superior, Especialista o Ciclo
formativo de Grado Superior o equivalente.
Experiencia profesional (recomendada): Experiencia en la realización de las
funciones descritas entre dos y cuatro años.
Formación profesional (recomendada): Cualificaciones profesionales y/o unidades de
competencia de: COM650_3 Gestión comercial inmobiliaria. ADG157_3 Gestión
financiera. ADG082_3 Gestión contable y de auditoría. ADG084_3 Administración de
recursos humanos. COM314_3 Gestión comercial de ventas. COM312_3 Asistencia a la
investigación de mercados. COM087_3 Atención al cliente, consumidor o usuario.
COM708_3 Gestión de la estrategia de marketing digital.
Director/a Comercial.

Definición de estrategias y actuaciones comerciales (plan de actuación comercial y
plan de ventas).
Gestión y coordinación del equipo de comerciales (organización y dirección del
equipo, seguimiento y control de objetivos y cuotas de venta, gestión de situaciones de
tensión y conflicto, organización de información para el desarrollo de planes de
formación y perfeccionamiento).
Apoyo logístico en la gestión comercial inmobiliaria (captación y concertación de la
intermediación, promoción y venta de productos, asesoramiento en la mediación y
tramitación legal, fiscal y financiera).

cve: BOE-A-2024-19363
Verificable en https://www.boe.es

Criterios generales: Personas físicas que, contratadas en una oficina de agencia de
intermediación inmobiliaria registrada, y con los conocimientos técnicos adecuados,
prestan servicios de marketing y coordinación comercial, teniendo responsabilidad,
iniciativa y autonomía en el diseño de estrategias, planificación, ejecución y evaluación
de la actividad comercial empresarial.
Competencias profesionales: