III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-19369)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Desarrollos Renovables del Norte, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las modificaciones para el parque eólico La Senda, de 11,8 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en Azuelo, Aguilar de Codés, Aras y Viana (Navarra) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Jueves 26 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 118510

definidas en Modificación al Proyecto «Parque Eólico La Senda (11,800MW)», fechado en
abril de 2023, y con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de un parque eólico para la generación de
energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales del parque eólico son las siguientes:
– Tipo de tecnología: eólica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 11,8 MW.
– Modelo de aerogenerador: Nordex 163/5900 TS108.
– Número de aerogeneradores: 2 aerogeneradores de 5,9 MW de potencia unitaria,
rotor tripala de 163 m de diámetro y altura de torre de 108 metros.
– Tipo de torre: tubular de acero.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 10,3 MW.
– Términos municipales afectados: Aguilar de Codés, Aras y Azuelo, en la provincia
de Navarra.
Las infraestructuras de evacuación autorizadas se componen de:
– Línea subterránea con un circuito a 30 kV (XLPE), tipo RHZ1 18/30 kV, que
conecta el centro de transformación del parque eólico La Senda con la subestación
elevadora «SET Las Llanas de Codés 12/20/30/220 kV». Las características principales
de la línea son:
● Capacidad y/o sección: 240/400 mm2.
● Longitud: 7.709 metros.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte, forma parte de la infraestructura común de evacuación y se encuentra en
servicio. La posición de conexión del parque eólico La Senda con la subestación SET
Las Llanas de Codés cuenta con resolución de autorización administrativa previa y de
construcción (N.º: 99/2023), de fecha 5 de julio de 2023, de la Comunidad Foral de
Navarra.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en el informe de Determinación de Afección Ambiental
de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra según lo previsto en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, y el artículo 120.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza con la relación
concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por el promotor y
publicada el 21 de julio de 2023 (núm. 152), subsanada el 10 de noviembre de 2023 (núm. 234),
en el «Boletín Oficial de la Provincia de Navarra» y el 21 de julio de 2023 (núm. 173), subsanada
el 14 de noviembre de 2023 (núm. 272) en el «Boletín Oficial del Estado», a los efectos previstos
en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que

cve: BOE-A-2024-19369
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.