III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19368)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico Venus, de 105 MW de potencia instalada, en Algodre y Coreses (Zamora), y de una parte de su infraestructura de evacuación, en Algodre, Coreses, Zamora, Monfarracinos y Valcabado (Zamora)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 118492

– La mayoría de las observaciones registradas se han realizado en un rango de
alturas que supone un riesgo medio para la avifauna (vuelo coincidente con la altura del
vallado, los seguidores o con los apoyos y el tendido eléctrico de la línea de evacuación).
Debido a las características intrínsecas del proyecto, que plantea el trazado de la línea
de evacuación soterrada salvo el cruce del río Valderaduey que contará con medidas
salvapájaros, el riesgo de siniestros por electrocución en apoyos o colisión con los
conductores en aves rapaces presentarán una incidencia baja y ocasional. Además, el
tramo aéreo de la línea de evacuación se plantea en paralelo al trazado de la autovía
A-66, creando de esta forma un pasillo de infraestructuras en la zona.
Las principales medidas preventivas y correctoras para la fauna previstas en el EsIA son:
– En el diseño del proyecto ya ha primado la intención de compatibilizar su desarrollo con
los elementos territoriales de interés presentes en el medio, soterrando en su práctica
totalidad la línea de evacuación. Únicamente se plantea un tramo en aéreo, de 90 m de
longitud para el paso del río Valderaduey, aprovechando el paso paralelo existente de la
autovía A-66, agrupando infraestructuras y haciendo más visible el obstáculo, ya que las aves
también tendrán que esquivar esta construcción y, por tanto, la línea eléctrica pegada a ella.
Además se eliminan los recintos localizados más al norte de la versión de la PSFV de octubre
de 2022, teniendo en cuenta los resultados obtenidos en el estudio de avifauna.
– Calendario de obras adaptado a los ciclos biológicos de las especies más
vulnerables.
– Prospección faunística con anterioridad al inicio de la fase de obras, realizada por
técnico competente, certificando la presencia/ausencia de nidificación y/o zonas de cría
de especies protegidas.
– Eliminación de la vegetación sólo en aquellos lugares donde sea imprescindible.
– Charlas de sensibilidad ambiental al personal de obra.
– Sistemas de escape en zanjas, arquetas o registros.
– Instalación de señalizadores visuales en los 90 m de línea eléctrica aérea.
– Vallado perimetral permeable a la fauna y con dispositivos que eviten el riesgo de
colisión.
– Medidas de integración ambiental de la PSFV: 90 cajas nido, posaderos, 20
refugios para quirópteros y 50 majanos.
– Programa de medidas agroambientales para compensar las pérdidas en los
hábitats de aves esteparias, las cuales serán consensuadas y coordinadas con el
Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y
León, en relación con la fauna, destaca que en el ámbito del proyecto se localizan diversas
especies de fauna protegida (avutarda, aguilucho cenizo, aguilucho pálido, cernícalo
primilla, águila real, águila imperial ibérica, milano real, etc.), pero considera que las
actuaciones previstas no supondrán afecciones significativas a dichas especies siempre que
se cumplan las medidas recogidas en su informe. El promotor se ha comprometido
expresamente a cumplir todas las medidas recogidas en dicho informe. El condicionado de
la presente resolución recoge todas las medidas que no estaban ya incluidas en el EsIA.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO informa
que ha detectado varias afecciones significativas que condicionan la viabilidad ambiental
del proyecto. Las más relevantes son:
– Considera necesaria la reubicación de la planta fotovoltaica debido a la afección
que generará sobre águila real, águila imperial ibérica, aguilucho cenizo y especialmente
sobre el milano real.
– No se han valorado adecuadamente todas las repercusiones que el proyecto
genera sobre los espacios Red Natura 2000 (se deben valorar las afecciones de la
comunidad de quirópteros en el estudio de repercusiones sobre la ZEC ES4170083
«Riberas del río Duero y afluentes»).

cve: BOE-A-2024-19368
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 233