II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-19340)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, conjunta de la Universidad de Cantabria y la Consejería de Salud del Gobierno de Cantabria, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233
Jueves 26 de septiembre de 2024
Segunda.
Sec. II.B. Pág. 118113
Requisitos que deben reunir los concursantes.
Requisitos generales
2.1 Para ser admitidos, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos
generales:
a) Ser español, mayor de edad y que no superen la edad de jubilación legalmente
establecida, que reúnan los requisitos generales de acceso a la función pública y los
específicamente establecidos para el cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de
Universidad en la Ley Orgánica 2/203, del Sistema Universitario, en los Estatutos de la
Universidad de Cantabria y en las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores.
b) Podrán participar, con las mismas condiciones que los españoles, los nacionales
de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También
podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y,
cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al
que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre
que, en todos los casos citados, no estén legalmente separados. Asimismo, con las
mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Requisitos específicos
2.6 Acreditar el grado de Doctor.
2.7 Poseer la acreditación para la figura de profesorado correspondiente, de
acuerdo con lo establecido en el título I del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio emitida
por la ANECA o el órgano de evaluación externo que la ley de la Comunidad Autónoma
determine. Asimismo, podrán presentarse a estos concursos quienes posean la
acreditación para el acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el
Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, y en el Real Decreto 415/2015, de 29 de
cve: BOE-A-2024-19340
Verificable en https://www.boe.es
2.2 Podrán participar, asimismo, con las mismas condiciones que los españoles,
cualesquiera otras personas no incluidas en los apartados anteriores, que entren
legalmente en territorio español, y que deberán obtener, dentro del plazo de
incorporación, su residencia en España, o realizar cualesquiera otros trámites
requeridos, conforme a la normativa específica aplicable.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos se realizará por medio
de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su
país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el
desarrollo de las pruebas.
2.3 Si durante el proceso de selección no resultara acreditado el conocimiento del
idioma español por parte de los ciudadanos de otros Estados, miembros o no de la Unión
Europea, la comisión de selección podrá establecer, en su caso, pruebas específicas
destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
2.4 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente,
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la Función pública.
2.5 No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño
de las funciones correspondientes a Profesor/a de Universidad.
Núm. 233
Jueves 26 de septiembre de 2024
Segunda.
Sec. II.B. Pág. 118113
Requisitos que deben reunir los concursantes.
Requisitos generales
2.1 Para ser admitidos, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos
generales:
a) Ser español, mayor de edad y que no superen la edad de jubilación legalmente
establecida, que reúnan los requisitos generales de acceso a la función pública y los
específicamente establecidos para el cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de
Universidad en la Ley Orgánica 2/203, del Sistema Universitario, en los Estatutos de la
Universidad de Cantabria y en las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores.
b) Podrán participar, con las mismas condiciones que los españoles, los nacionales
de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También
podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y,
cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al
que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre
que, en todos los casos citados, no estén legalmente separados. Asimismo, con las
mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Requisitos específicos
2.6 Acreditar el grado de Doctor.
2.7 Poseer la acreditación para la figura de profesorado correspondiente, de
acuerdo con lo establecido en el título I del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio emitida
por la ANECA o el órgano de evaluación externo que la ley de la Comunidad Autónoma
determine. Asimismo, podrán presentarse a estos concursos quienes posean la
acreditación para el acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el
Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, y en el Real Decreto 415/2015, de 29 de
cve: BOE-A-2024-19340
Verificable en https://www.boe.es
2.2 Podrán participar, asimismo, con las mismas condiciones que los españoles,
cualesquiera otras personas no incluidas en los apartados anteriores, que entren
legalmente en territorio español, y que deberán obtener, dentro del plazo de
incorporación, su residencia en España, o realizar cualesquiera otros trámites
requeridos, conforme a la normativa específica aplicable.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos se realizará por medio
de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su
país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el
desarrollo de las pruebas.
2.3 Si durante el proceso de selección no resultara acreditado el conocimiento del
idioma español por parte de los ciudadanos de otros Estados, miembros o no de la Unión
Europea, la comisión de selección podrá establecer, en su caso, pruebas específicas
destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
2.4 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente,
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la Función pública.
2.5 No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño
de las funciones correspondientes a Profesor/a de Universidad.