V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-33934)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se reconoce, en concreto, de utilidad pública, el proyecto denominado «Construcción de red de distribución de gas y su adaptación para inyección de biometano procedente de la planta de biogás de La Calahorra (Granada), así como instalación de compresión para posibilitar la inyección en el gasoducto de transporte primario Huércal-Overa – Baza - Guadix», en los términos municipales de La Calahorra, Aldeire, Valle del Zalabí y Guadix (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 52663
Redexis, S.A., denominada «Construcción de red de distribución de gas y su
adaptación para inyección de biometano procedente de la planta de biogás de La
Calahorra (Granada), así como instalación de compresión para posibilitar la
inyección en el gasoducto de transporte primario Huércal-Overa – Baza - Guadix»,
en los términos municipales de La Calahorra, Aldeire, Valle del Zalabí y Guadix
(Granada), según se describe en el Antecedente de Hecho Primero y, respecto de
los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:
1ª. Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos
de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios
para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o
complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes
servidumbres de paso.
2ª. Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de
los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los
mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente
expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la misma Ley,
siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.
3ª. En cualquier momento, el solicitante del reconocimiento en concreto de la
utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los necesarios bienes
y derechos la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el
momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza
y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando,
por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos
supuestos, el contrato de adquisición de derechos por mutuo acuerdo firmado,
tendrá a todos los efectos el mismo alcance que el acta de ocupación, el
beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la
autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del
Reglamento de Expropiación Forzosa.
SEGUNDO.- Ordenar la notificación de la presente resolución al solicitante y a
los afectados, así como, su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de
Granada. Tales publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina
el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas respecto de aquellos
interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien,
intentada la misma no se hubiera podido practicar.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponer recurso de alzada, ante la Secretaría General Técnica de la Consejería
de Industria, Energía y Minas en el plazo de un mes contado a partir del día
siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los
artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados por el reconocimiento, en
concreto, de utilidad pública del proyecto denominado «Construcción de red de
distribución de gas y su adaptación para inyección de biometano procedente de la
planta de biogás de La Calahorra (Granada), así como instalación de compresión
para posibilitar la inyección en el gasoducto de transporte primario Huércal-Overa –
cve: BOE-B-2024-33934
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 232
Miércoles 25 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 52663
Redexis, S.A., denominada «Construcción de red de distribución de gas y su
adaptación para inyección de biometano procedente de la planta de biogás de La
Calahorra (Granada), así como instalación de compresión para posibilitar la
inyección en el gasoducto de transporte primario Huércal-Overa – Baza - Guadix»,
en los términos municipales de La Calahorra, Aldeire, Valle del Zalabí y Guadix
(Granada), según se describe en el Antecedente de Hecho Primero y, respecto de
los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:
1ª. Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos
de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios
para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o
complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes
servidumbres de paso.
2ª. Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de
los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los
mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente
expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la misma Ley,
siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.
3ª. En cualquier momento, el solicitante del reconocimiento en concreto de la
utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los necesarios bienes
y derechos la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el
momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza
y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando,
por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos
supuestos, el contrato de adquisición de derechos por mutuo acuerdo firmado,
tendrá a todos los efectos el mismo alcance que el acta de ocupación, el
beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la
autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del
Reglamento de Expropiación Forzosa.
SEGUNDO.- Ordenar la notificación de la presente resolución al solicitante y a
los afectados, así como, su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de
Granada. Tales publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina
el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas respecto de aquellos
interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien,
intentada la misma no se hubiera podido practicar.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponer recurso de alzada, ante la Secretaría General Técnica de la Consejería
de Industria, Energía y Minas en el plazo de un mes contado a partir del día
siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los
artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados por el reconocimiento, en
concreto, de utilidad pública del proyecto denominado «Construcción de red de
distribución de gas y su adaptación para inyección de biometano procedente de la
planta de biogás de La Calahorra (Granada), así como instalación de compresión
para posibilitar la inyección en el gasoducto de transporte primario Huércal-Overa –
cve: BOE-B-2024-33934
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Núm. 232