II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19254)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la categoría de Auxiliar de Archivos, Biblioteca y Museos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 117555
b) La presentación de la solicitud de participación en las pruebas por medios
telemáticos tendrá una bonificación del 10 % de la cuota íntegra, acumulable a la fijada
en el apartado anterior, a).
4.7 Las personas que hayan solicitado una de las exenciones o bonificaciones
establecidas en la base anterior deberán acompañar a la solicitud de participación la
documentación acreditativa de tal condición.
4.8 En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia
supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud.
4.9 Tan solo procederá la devolución de tasas, cuando estas se hayan ingresado
antes de la realización de las pruebas selectivas y estas, por causa imputable a la
administración, no se hayan realizado.
5.
Admisión de personas aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación de que se
ha realizado el pago de los derechos de examen, el rector dictará una resolución, que se
publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», que contendrá la relación
provisional de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas, por cada
uno de los turnos de acceso, así como los nombramientos de los miembros que
componen el órgano técnico de selección.
5.2 Las personas aspirantes podrán, en el caso de error o exclusión, subsanar los
defectos en que hayan incurrido en su solicitud, o realizar las alegaciones que tengan
por conveniente en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la
publicación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana».
La presentación de alegaciones o subsanación de defectos que hayan motivado la
exclusión, deberá realizarse en el entorno de tramitación electrónica de la Universitat
Politècnica de València (Presentación solicitud genérica-SOLGEN) en la dirección
electrónica señalada en la base 4.2.
5.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto de producirse los
mismos, para posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes
comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación provisional
de personas excluidas, sino además, que sus nombres y datos constan correctamente
en las pertinentes relaciones de personas admitidas.
5.4 Transcurrido el plazo de diez días hábiles, subsanados los defectos si
procediera, y vistas las alegaciones que correspondan, se dictará resolución que
contendrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, por turno de acceso y
con al menos una antelación de diez días hábiles, la fecha, el lugar, la hora de
celebración y comienzo de los ejercicios, que se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana». En su caso se publicará también el orden de actuación de las
personas aspirantes conforme a lo dispuesto en la base 8.3.
Esta publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.
5.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
5.6 Prueba de conocimiento del castellano para las personas admitidas en turno
libre que no posean la nacionalidad española:
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la oposición, las personas que
no posean la nacionalidad española y de su origen no se desprenda el conocimiento del
castellano deberán acreditar el conocimiento del mismo mediante la realización de una
prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y
expresión oral y escrita de esta lengua.
El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real decreto 1137/2002,
de 31 de octubre, por el que se regulan diplomas de español como lengua extranjera.
cve: BOE-A-2024-19254
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 232
Miércoles 25 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 117555
b) La presentación de la solicitud de participación en las pruebas por medios
telemáticos tendrá una bonificación del 10 % de la cuota íntegra, acumulable a la fijada
en el apartado anterior, a).
4.7 Las personas que hayan solicitado una de las exenciones o bonificaciones
establecidas en la base anterior deberán acompañar a la solicitud de participación la
documentación acreditativa de tal condición.
4.8 En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia
supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud.
4.9 Tan solo procederá la devolución de tasas, cuando estas se hayan ingresado
antes de la realización de las pruebas selectivas y estas, por causa imputable a la
administración, no se hayan realizado.
5.
Admisión de personas aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación de que se
ha realizado el pago de los derechos de examen, el rector dictará una resolución, que se
publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», que contendrá la relación
provisional de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas, por cada
uno de los turnos de acceso, así como los nombramientos de los miembros que
componen el órgano técnico de selección.
5.2 Las personas aspirantes podrán, en el caso de error o exclusión, subsanar los
defectos en que hayan incurrido en su solicitud, o realizar las alegaciones que tengan
por conveniente en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la
publicación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana».
La presentación de alegaciones o subsanación de defectos que hayan motivado la
exclusión, deberá realizarse en el entorno de tramitación electrónica de la Universitat
Politècnica de València (Presentación solicitud genérica-SOLGEN) en la dirección
electrónica señalada en la base 4.2.
5.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto de producirse los
mismos, para posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes
comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación provisional
de personas excluidas, sino además, que sus nombres y datos constan correctamente
en las pertinentes relaciones de personas admitidas.
5.4 Transcurrido el plazo de diez días hábiles, subsanados los defectos si
procediera, y vistas las alegaciones que correspondan, se dictará resolución que
contendrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, por turno de acceso y
con al menos una antelación de diez días hábiles, la fecha, el lugar, la hora de
celebración y comienzo de los ejercicios, que se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana». En su caso se publicará también el orden de actuación de las
personas aspirantes conforme a lo dispuesto en la base 8.3.
Esta publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.
5.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
5.6 Prueba de conocimiento del castellano para las personas admitidas en turno
libre que no posean la nacionalidad española:
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la oposición, las personas que
no posean la nacionalidad española y de su origen no se desprenda el conocimiento del
castellano deberán acreditar el conocimiento del mismo mediante la realización de una
prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y
expresión oral y escrita de esta lengua.
El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real decreto 1137/2002,
de 31 de octubre, por el que se regulan diplomas de español como lengua extranjera.
cve: BOE-A-2024-19254
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 232