I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2024-19171)
Real Decreto 961/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones directas destinadas a compensar los perjuicios económicos producidos por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Miércoles 25 de septiembre de 2024
Disposición final segunda.

Sec. I. Pág. 117246

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 24 de septiembre de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,

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LUIS PLANAS PUCHADES

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X