III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-19162)
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Cabildo Insular de Tenerife para el desarrollo del Programa Talentum "Plan de Investigación Científica del Instituto de Productos Naturales y Agrobiología (CSIC-IPNA)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 117164
La Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., se obliga a:
a) Presentar Declaración Responsable firmada en la que se haga constar que:
– No se halla inhabilitada para recibir financiación del Excmo. Cabildo Insular de
Tenerife.
– No ha recibido financiación con el mismo objeto de cualquier administración o ente
público. En otro caso hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.
– No es deudora por resolución de reintegro.
b) Presentar certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Cumplir la finalidad para la que se le concede la financiación, adaptando las
medidas organizativas e instrumentales necesarias para desarrollar los objetivos y
realizar las actuaciones comprendidas en este convenio. Todo ello sin que pueda
realizarse cambio o modificación del objeto o la finalidad para la que se concedió la
financiación.
d) Facilitar las capacidades de investigación y transferencia propias para el
desarrollo de las actividades previstas.
e) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y
condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad en la
forma que determine el Cabildo de Tenerife atendiendo al régimen jurídico que le sea
aplicable.
f) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano
concedente, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control
financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta
información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
g) Comunicar al órgano concedente de forma inmediata la obtención de otra
financiación, ayudas, ingresos o recursos que financien los proyectos innovadores, y
siempre con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
h) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
i) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actividad
financiada, en los términos que se disponen en la cláusula 2.b.j) del convenio.
j) Obligación de publicidad. El CSIC deberá hacer mención expresa de la
financiación de esta actuación por parte del Cabildo Insular de Tenerife:
– En la difusión realizada en medios de comunicación, web y redes sociales y en
todas aquellas otras acciones de difusión y publicidad de los proyectos financiados.
– En la realización de las actividades de los proyectos financiados.
Asimismo, el CSIC aportará recursos humanos, espacios y medios materiales para el
desarrollo de los programas. En este sentido y de manera no excluyente, ya que
dependerá de los proyectos presentados, el CSIC aportará, al menos, medios humanos
(personal propio) y el siguiente equipamiento científico, cuya valoración económica se
estima en un total de 2.451.712,61 euros según se detalla a continuación:
Aparato
Precio adquisición
–
Euros
Equipo de resonancia magnética nuclear de 400MHz. Bruker española, SA.
430.000
Equipo de resonancia magnética nuclear de 500MHz. Bruker española, SA.
750.000
Sistema automatizado de manejo de líquidos con purificación magnética y
lector de absorbancia y fluorescencia. Tecan Ibérica Instrumentación, SL.
279.019,41
cve: BOE-A-2024-19162
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Martes 24 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 117164
La Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., se obliga a:
a) Presentar Declaración Responsable firmada en la que se haga constar que:
– No se halla inhabilitada para recibir financiación del Excmo. Cabildo Insular de
Tenerife.
– No ha recibido financiación con el mismo objeto de cualquier administración o ente
público. En otro caso hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.
– No es deudora por resolución de reintegro.
b) Presentar certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Cumplir la finalidad para la que se le concede la financiación, adaptando las
medidas organizativas e instrumentales necesarias para desarrollar los objetivos y
realizar las actuaciones comprendidas en este convenio. Todo ello sin que pueda
realizarse cambio o modificación del objeto o la finalidad para la que se concedió la
financiación.
d) Facilitar las capacidades de investigación y transferencia propias para el
desarrollo de las actividades previstas.
e) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y
condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad en la
forma que determine el Cabildo de Tenerife atendiendo al régimen jurídico que le sea
aplicable.
f) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano
concedente, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control
financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta
información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
g) Comunicar al órgano concedente de forma inmediata la obtención de otra
financiación, ayudas, ingresos o recursos que financien los proyectos innovadores, y
siempre con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
h) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
i) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actividad
financiada, en los términos que se disponen en la cláusula 2.b.j) del convenio.
j) Obligación de publicidad. El CSIC deberá hacer mención expresa de la
financiación de esta actuación por parte del Cabildo Insular de Tenerife:
– En la difusión realizada en medios de comunicación, web y redes sociales y en
todas aquellas otras acciones de difusión y publicidad de los proyectos financiados.
– En la realización de las actividades de los proyectos financiados.
Asimismo, el CSIC aportará recursos humanos, espacios y medios materiales para el
desarrollo de los programas. En este sentido y de manera no excluyente, ya que
dependerá de los proyectos presentados, el CSIC aportará, al menos, medios humanos
(personal propio) y el siguiente equipamiento científico, cuya valoración económica se
estima en un total de 2.451.712,61 euros según se detalla a continuación:
Aparato
Precio adquisición
–
Euros
Equipo de resonancia magnética nuclear de 400MHz. Bruker española, SA.
430.000
Equipo de resonancia magnética nuclear de 500MHz. Bruker española, SA.
750.000
Sistema automatizado de manejo de líquidos con purificación magnética y
lector de absorbancia y fluorescencia. Tecan Ibérica Instrumentación, SL.
279.019,41
cve: BOE-A-2024-19162
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231