II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-19130)
Resolución de 16 de septiembre de 2024, conjunta de la Universidad de Oviedo y el Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 116920
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, lo cual determinará la exclusión de la o el aspirante.
3.4 Las personas interesadas presentarán su solicitud a través del registro telemático
indicado en el apartado 3.1 y adjuntarán los siguientes documentos en formato PDF:
a) Copia del documento nacional de identidad para las y los aspirantes de
nacionalidad española, en el supuesto de oposición a la obtención por la Universidad de
Oviedo de la información perteneciente al DNI.
b) Quienes no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar,
deberán presentar los documentos que acrediten su nacionalidad y, en su caso, los
documentos que acrediten el vínculo de parentesco, conforme lo previsto en el
artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Asimismo,
aquellas personas aspirantes que participen en los presentes concursos de acceso por
su condición de cónyuges deberán presentar, además de los documentos antes
señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse separadas o separados de
derecho de su respectivo cónyuge. Los documentos que así lo precisen deberán
presentarse traducidos al español.
c) Acreditación para el cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad.
d) Justificante de ser funcionaria o funcionario de carrera del cuerpo de Profesoras
y Profesores Titulares de Universidad.
e) Título de especialista sanitario.
f) Justificante original acreditativo del abono de los derechos de examen, si se
realiza el ingreso o transferencia bancaria.
3.5 Una vez realizado el envío, los datos aportados se podrán subsanar dentro del
plazo establecido para la presentación de los mismos.
3.6 La dirección de correo electrónico que figure en la solicitud se considerará el
único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la o el
concursante, tanto los errores en la consignación del mismo, como la comunicación a la
Universidad de Oviedo de cualquier cambio de dicha dirección de correo electrónico.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Vicerrector de Políticas de
Profesorado y Ordenación Académica, por delegación del Rector, dictará y hará pública
dentro de los veinte días hábiles siguientes, una resolución aprobando la lista provisional
de personas admitidas y excluidas en el concurso de acceso. Esta lista indicará sus
nombres, apellidos en la siguiente dirección electrónica: https://www.uniovi.es/
conocenos/rrhh/convocatorias/profesorado.
4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente a la publicación de la resolución que aprueba la lista provisional de
personas admitidas y excluidas en la dirección electrónica señalada en el punto 4.1, para
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o, en su caso, la omisión. Las
personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no
aleguen frente a la omisión producida justificando su derecho a ser incluidas, serán
definitivamente excluidas del proceso selectivo.
4.3 Transcurrido el plazo anterior, se publicará la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas en la dirección electrónica señalada en el apartado 4.1, indicando
igualmente las causas de exclusión.
4.4 La resolución que apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas
pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses o
recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Oviedo en el plazo de un mes.
cve: BOE-A-2024-19130
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Martes 24 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 116920
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, lo cual determinará la exclusión de la o el aspirante.
3.4 Las personas interesadas presentarán su solicitud a través del registro telemático
indicado en el apartado 3.1 y adjuntarán los siguientes documentos en formato PDF:
a) Copia del documento nacional de identidad para las y los aspirantes de
nacionalidad española, en el supuesto de oposición a la obtención por la Universidad de
Oviedo de la información perteneciente al DNI.
b) Quienes no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar,
deberán presentar los documentos que acrediten su nacionalidad y, en su caso, los
documentos que acrediten el vínculo de parentesco, conforme lo previsto en el
artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Asimismo,
aquellas personas aspirantes que participen en los presentes concursos de acceso por
su condición de cónyuges deberán presentar, además de los documentos antes
señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse separadas o separados de
derecho de su respectivo cónyuge. Los documentos que así lo precisen deberán
presentarse traducidos al español.
c) Acreditación para el cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad.
d) Justificante de ser funcionaria o funcionario de carrera del cuerpo de Profesoras
y Profesores Titulares de Universidad.
e) Título de especialista sanitario.
f) Justificante original acreditativo del abono de los derechos de examen, si se
realiza el ingreso o transferencia bancaria.
3.5 Una vez realizado el envío, los datos aportados se podrán subsanar dentro del
plazo establecido para la presentación de los mismos.
3.6 La dirección de correo electrónico que figure en la solicitud se considerará el
único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la o el
concursante, tanto los errores en la consignación del mismo, como la comunicación a la
Universidad de Oviedo de cualquier cambio de dicha dirección de correo electrónico.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Vicerrector de Políticas de
Profesorado y Ordenación Académica, por delegación del Rector, dictará y hará pública
dentro de los veinte días hábiles siguientes, una resolución aprobando la lista provisional
de personas admitidas y excluidas en el concurso de acceso. Esta lista indicará sus
nombres, apellidos en la siguiente dirección electrónica: https://www.uniovi.es/
conocenos/rrhh/convocatorias/profesorado.
4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente a la publicación de la resolución que aprueba la lista provisional de
personas admitidas y excluidas en la dirección electrónica señalada en el punto 4.1, para
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o, en su caso, la omisión. Las
personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no
aleguen frente a la omisión producida justificando su derecho a ser incluidas, serán
definitivamente excluidas del proceso selectivo.
4.3 Transcurrido el plazo anterior, se publicará la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas en la dirección electrónica señalada en el apartado 4.1, indicando
igualmente las causas de exclusión.
4.4 La resolución que apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas
pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses o
recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Oviedo en el plazo de un mes.
cve: BOE-A-2024-19130
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231