III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-19051)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Aixeindar, SA, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para el parque eólico Labraza, de 40 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Oyón (Álava) y Aguilar de Codés (Navarra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116700
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Aixeindar, SA, autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para el parque eólico Labraza, de 40 MW de potencia instalada,
y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de
Oyón (Álava) y Aguilar de Codés (Navarra).
Aixeindar, SA, solicitó, con fecha 3 de diciembre de 2020, subsanada posteriormente
en fecha 23 de diciembre de 2020, autorización administrativa previa y Declaración de
Impacto Ambiental para el parque eólico Labraza, de 40 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Oyón, en la
provincia de Álava, y Aguilar de Codés, en la provincia de Navarra.
Mediante Resolución de 17 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Aixeindar, SA, autorización administrativa previa para el
parque eólico Labraza, de 40 MW de potencia instalada, y su infraestructura de
evacuación, ubicados en los términos municipales de Oyón, en la provincia de Álava, y
Aguilar de Codés, en la provincia de Navarra (en adelante, Resolución de autorización
administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 101, de 28 de
abril de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, y derivado de la tramitación efectuada de conformidad con los
artículos 125 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se han presentado
modificaciones al proyecto de ejecución que no cumplen las condiciones del
artículo 115.2, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y por tanto es necesaria
una autorización administrativa previa de las modificaciones efectuadas. En particular, el
cambio de ubicación del aerogenerador número 5.
En base a lo anterior, Aixeindar, SA (en adelante, el promotor), solicita, con fecha 12
de mayo de 2023, subsanada posteriormente en fecha 31 de mayo de 2023, autorización
administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente proyecto de
ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le
es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, para el parque eólico Labraza, de 40 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Oyón, en la
provincia de Álava, y Aguilar de Codés, en la provincia de Navarra.
El expediente ha sido incoado por las Área de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en Navarra y de la Subdelegación del Gobierno en Álava y se ha tramitado
de conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
cve: BOE-A-2024-19051
Verificable en https://www.boe.es
19051
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116700
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Aixeindar, SA, autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para el parque eólico Labraza, de 40 MW de potencia instalada,
y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de
Oyón (Álava) y Aguilar de Codés (Navarra).
Aixeindar, SA, solicitó, con fecha 3 de diciembre de 2020, subsanada posteriormente
en fecha 23 de diciembre de 2020, autorización administrativa previa y Declaración de
Impacto Ambiental para el parque eólico Labraza, de 40 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Oyón, en la
provincia de Álava, y Aguilar de Codés, en la provincia de Navarra.
Mediante Resolución de 17 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Aixeindar, SA, autorización administrativa previa para el
parque eólico Labraza, de 40 MW de potencia instalada, y su infraestructura de
evacuación, ubicados en los términos municipales de Oyón, en la provincia de Álava, y
Aguilar de Codés, en la provincia de Navarra (en adelante, Resolución de autorización
administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 101, de 28 de
abril de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, y derivado de la tramitación efectuada de conformidad con los
artículos 125 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se han presentado
modificaciones al proyecto de ejecución que no cumplen las condiciones del
artículo 115.2, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y por tanto es necesaria
una autorización administrativa previa de las modificaciones efectuadas. En particular, el
cambio de ubicación del aerogenerador número 5.
En base a lo anterior, Aixeindar, SA (en adelante, el promotor), solicita, con fecha 12
de mayo de 2023, subsanada posteriormente en fecha 31 de mayo de 2023, autorización
administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente proyecto de
ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le
es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, para el parque eólico Labraza, de 40 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Oyón, en la
provincia de Álava, y Aguilar de Codés, en la provincia de Navarra.
El expediente ha sido incoado por las Área de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en Navarra y de la Subdelegación del Gobierno en Álava y se ha tramitado
de conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
cve: BOE-A-2024-19051
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19051