III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. (BOE-A-2024-19047)
Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de julio de 2024, por el que se habilita a Enagás Infraestructuras de Hidrógeno, SLU, para el ejercicio provisional de las funciones de desarrollo de los Proyectos de Interés Común Europeo de Redes de Hidrógeno.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 116624

General de Política Energética y Minas y de la Oficina Española de Cambio Climático,
por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 16 de marzo de 2021, por
el que se adopta la versión final del Plan Nacional Integrado de Energía y
Clima 2021-2030, recogiendo los compromisos de España en materia de clima y energía
para el año 2030.
Asimismo, el precitado Reglamento (UE) 2018/1999 establece, en su artículo 14,
que, a más tardar el 30 de junio de 2023, cada Estado miembro debe comunicar a la
Comisión Europea un proyecto de actualización del PNIEC. En consecuencia, el
borrador de actualización del PNIEC 2023-2030 fue aprobado por el Consejo de
Ministros celebrado el 18 de en junio de 2023 para su presentación a la Comisión
Europea, e incorpora esa mayor ambición climática de la UE y el impulso a la transición
ecológica derivado del cambio geopolítico provocado por la guerra en Ucrania,
estableciendo un objetivo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero
del 32 % en el año 2030 respecto a 1990, para lo cual se plantea un impulso firme a las
energías renovables y la eficiencia energética, fijando los siguientes objetivos a 2030:
un 48 % de renovables sobre el uso final de la energía, un 44 % de mejora de la
eficiencia energética en términos de energía final, un 81 % de energía renovable en
generación eléctrica y un 51 % de reducción de la dependencia energética.
Este borrador de actualización del PNIEC 2023-2030 propone alcanzar 11 GW de
electrolizadores para producir hidrógeno renovable en 2030, lo que supone casi triplicar la
potencia de electrólisis contemplada en la Hoja de Ruta del Hidrógeno Renovable aprobada
en 2020; establece como objetivo reemplazar el 74 % del actual hidrógeno gris en la
industria y contempla la penetración de combustibles renovables de origen no biológico
(RFNBO) en los sectores del transporte marítimo y la aviación; y pone de manifiesto la
necesidad de construir un proyecto país con el hidrógeno renovable como vector
fundamental para conseguir los objetivos de 2030. Para ello incluye una nueva medida, la
número 4.12. «Corredor ibérico del Hidrógeno. H2MED», que incluye los proyectos de
infraestructuras de hidrógeno presentados por los promotores como candidatos a proyectos
de interés común europeos para el mercado interior europeo (PICs), que se consideran
reforzadores y facilitadores de las infraestructuras internacionales, y que permitirán convertir
a España en el primer hub de hidrógeno renovable a nivel mundial al incorporar los primeros
ejes de una red de hidrógeno que permitirán conectar los centros de producción de
hidrógeno renovable con la demanda industrial nacional y con las dos interconexiones
internacionales con Francia y con Portugal.
III
El Reglamento (UE) 2022/869 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo
de 2022 relativo a las orientaciones sobre las infraestructuras energéticas transeuropeas
y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 715/2009, (UE) 2019/942 y (UE)
2019/943 y las Directivas 2009/73/CE y (UE) 2019/944 y se deroga el Reglamento (UE)
n.º 347/2013, establece un marco para la determinación, planificación y ejecución de los
proyectos de interés común («PIC») necesarios para ejecutar los once corredores
geográficos prioritarios de infraestructura energética estratégica determinados en los
ámbitos de la electricidad, las redes marítimas, el hidrógeno y los electrolizadores, y las
tres áreas prioritarias de infraestructura energética a escala de la Unión (redes eléctricas
inteligentes, redes de gas inteligentes y redes de transporte de dióxido de carbono).
En desarrollo de lo anterior, y tras una evaluación de los proyectos presentados por
promotores privados como candidatos a formar parte de la referida lista con base en los
criterios requeridos por el mencionado Reglamento (UE) 2022/869, el Reglamento
Delegado (UE) 2024/1041 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2023, por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2022/869 del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto
a la lista de la Unión de proyectos de interés común y proyectos de interés mutuo,
publicado el 8 de abril de 2024 en el «Diario Oficial de la Unión Europea», ha incluido por

cve: BOE-A-2024-19047
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 230