III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Seguridad aérea. (BOE-A-2024-18985)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Dirección de Aeropuertos y Seguridad de la Aviación Civil de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se acredita el cumplimiento de las normas técnicas y se autoriza la apertura al tráfico del hidroaeródromo Luis Mingorance de Alange (Badajoz).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229

Sábado 21 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 116241

configuración autorizada, cuyas características fundamentales figuran en la ficha que
acompaña a esta resolución.
6. Deberán cumplirse los procedimientos y las condiciones particulares para la
operación del hidroaeródromo que se indican en la ficha que acompaña a esta
resolución.
7. La introducción de cualquier modificación posterior en las infraestructuras y/o
características operativas de la instalación deberá ser previamente notificada a la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea a fin de recabar la autorización correspondiente.
8. El gestor es el responsable del cumplimiento de las obligaciones contenidas en
los artículos 33 y 40 de la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea, así como las contenidas en
el artículo 11 del Real Decreto 1070/2015.
La presente autorización quedará suspendida y podrá extinguirse si se incumple
cualquiera de las condiciones establecidas en la misma.
Tercero.
Autorizar al gestor a comunicar los datos de la instalación al Servicio de Información
Aeronáutica para la inclusión del hidroaeródromo en la Publicación de Información
Aeronáutica (AIP).
Cuarto.
Notificar la presente resolución a todos los interesados, entendiendo por tal, en todo
caso al gestor del hidroaeródromo, el Aeroclub Sierra de Alange.
La presente autorización se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin
perjuicio de terceros y de los demás permisos, licencias, habilitaciones y otros actos de
similar contenido que en su caso se precisen o sean exigibles por cualquier
Administración Pública.
Esta resolución no agota la vía administrativa. Contra ella, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en el plazo
de un mes desde el día siguiente a su recepción por el interesado.

cve: BOE-A-2024-18985
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 29 de julio de 2024.–El Director de Aeropuertos y Seguridad de la Aviación
Civil, David Nieto Sepúlveda.