III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-18984)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de Puertos del Estado, por la que se publica la segunda Adenda modificativa y de prórroga al Convenio regulador de las aportaciones financieras de la Autoridad Portuaria de Huelva con cargo al Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, en relación con su contribución a las actuaciones de mejora en la línea Huelva-Sevilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229
Sábado 21 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116230
Estado y de la Marina Mercante (en adelante, TRLPEMM), aprobado mediante Real
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Y, de otra parte, don Manuel Alberto Santana Martínez comparece en su nombre y en
representación de la Autoridad Portuaria de Huelva, en su condición de Presidente,
nombramiento otorgado por Decreto 107/2023, de 9 de mayo, del Consejo de Gobierno
de la Junta de Andalucía, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de mayo
de 2023 (Orden TMA/510/2023, de 17 de mayo). La Autoridad Portuaria de Huelva es un
organismo público, con CIF Q-2167001C, domiciliado en Huelva, avenida R.S.C.
Onubense, 1, CP 21001, con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena
capacidad de obrar, regulado por el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de
la Marina Mercante (en adelante, TRLPEMM), aprobado mediante Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir la presente
adenda modificativa al convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que, con fecha 6 de junio de 2017, se firmó el convenio cuyo objeto consiste en
regular las condiciones de financiación por parte de la APH de la actuación denominada
«Apartaderos para trenes de 750 m en la línea Huelva-Sevilla». La fecha de inicio de
vigencia del convenio se produjo con la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»,
el 19 de julio de 2017.
En dicho convenio se estableció como límite máximo de contribución de la APH a la
financiación de esta actuación una cantidad de 2.253 miles de euros (IVA excluido).
Dicha cantidad está incorporada al presupuesto vigente del programa de actuaciones del
Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria. Dicha cantidad se estimó
entonces con arreglo a un coste estimado de inversión correspondiente a la ejecución de
un único apartadero.
Segundo.
El 27 de abril de 2021 el Consejo de Ministros acordó la aprobación del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), financiado por la
Unión Europea a través del Instrumento Next Generation EU y su remisión a la Comisión
Europea para continuar con el trámite de aprobación previsto en el Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, MRR). El 6 de
julio de 2021 el Consejo de la Unión Europea, a propuesta de la Comisión Europea,
adoptó la Decisión de Ejecución relativa a la aprobación de la evaluación del PRTR de
España. Dentro del PRTR se ha asignado a ADIF una ayuda MRR para la ejecución de
las obras correspondientes a la actuación objeto del convenio.
Que, con el fin de respetar las obligaciones establecidas en virtud del artículo 34,
apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, por el que se establece el MRR y, en particular, para garantizar el
suministro de información específica coherente, eficaz y proporcionada a múltiples
audiencias, incluidos los medios de comunicación y el público, se procede a modificar el
título del convenio para incluir la referencia a la ayuda financiera de la Unión Europea
concedida para la actuación objeto de financiación.
cve: BOE-A-2024-18984
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 229
Sábado 21 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116230
Estado y de la Marina Mercante (en adelante, TRLPEMM), aprobado mediante Real
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Y, de otra parte, don Manuel Alberto Santana Martínez comparece en su nombre y en
representación de la Autoridad Portuaria de Huelva, en su condición de Presidente,
nombramiento otorgado por Decreto 107/2023, de 9 de mayo, del Consejo de Gobierno
de la Junta de Andalucía, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de mayo
de 2023 (Orden TMA/510/2023, de 17 de mayo). La Autoridad Portuaria de Huelva es un
organismo público, con CIF Q-2167001C, domiciliado en Huelva, avenida R.S.C.
Onubense, 1, CP 21001, con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena
capacidad de obrar, regulado por el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de
la Marina Mercante (en adelante, TRLPEMM), aprobado mediante Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir la presente
adenda modificativa al convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que, con fecha 6 de junio de 2017, se firmó el convenio cuyo objeto consiste en
regular las condiciones de financiación por parte de la APH de la actuación denominada
«Apartaderos para trenes de 750 m en la línea Huelva-Sevilla». La fecha de inicio de
vigencia del convenio se produjo con la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»,
el 19 de julio de 2017.
En dicho convenio se estableció como límite máximo de contribución de la APH a la
financiación de esta actuación una cantidad de 2.253 miles de euros (IVA excluido).
Dicha cantidad está incorporada al presupuesto vigente del programa de actuaciones del
Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria. Dicha cantidad se estimó
entonces con arreglo a un coste estimado de inversión correspondiente a la ejecución de
un único apartadero.
Segundo.
El 27 de abril de 2021 el Consejo de Ministros acordó la aprobación del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), financiado por la
Unión Europea a través del Instrumento Next Generation EU y su remisión a la Comisión
Europea para continuar con el trámite de aprobación previsto en el Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, MRR). El 6 de
julio de 2021 el Consejo de la Unión Europea, a propuesta de la Comisión Europea,
adoptó la Decisión de Ejecución relativa a la aprobación de la evaluación del PRTR de
España. Dentro del PRTR se ha asignado a ADIF una ayuda MRR para la ejecución de
las obras correspondientes a la actuación objeto del convenio.
Que, con el fin de respetar las obligaciones establecidas en virtud del artículo 34,
apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, por el que se establece el MRR y, en particular, para garantizar el
suministro de información específica coherente, eficaz y proporcionada a múltiples
audiencias, incluidos los medios de comunicación y el público, se procede a modificar el
título del convenio para incluir la referencia a la ayuda financiera de la Unión Europea
concedida para la actuación objeto de financiación.
cve: BOE-A-2024-18984
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.