II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal laboral. (BOE-A-2024-18946)
Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se aprueban las bases y se convoca la provisión de plaza de Director/a de Gestión y Servicios Generales de Atención Sanitaria de Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229

Sábado 21 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 116115

Funciones:
A) Dirigir, coordinar y evaluar el funcionamiento de las unidades y servicios de la
División de Gestión y Servicios Generales y las actividades del personal integrado en los
mismos, respecto a:
a) Gestión económica, presupuestaria y financiera.
b) Gestión administrativa en general y de la política de personal y recursos
humanos.
c) Suministros.
d) Hostelería.
e) Orden interno y seguridad.
f) Obras y mantenimiento.
B) Proporcionar al resto de las Divisiones del área sanitaria de Melilla el soporte
administrativo y técnico específico, así como de servicios generales necesarios para el
cumplimiento de sus objetivos.
C) Asumir las funciones de carácter no asistencial que expresamente delegue o
encomiende el Director Gerente.
Todas aquellas funciones reguladas en el Real Decreto 118/2023, de 21 de febrero,
por el que se regula la organización y funcionamiento del INGESA, en el marco de sus
competencias.
2.

Régimen de contratación

Con la persona seleccionada para ocupar la plaza que se convoca se formalizará el
correspondiente contrato de trabajo propio de la relación laboral especial de alta
dirección, regulado por el Real Decreto 1382/85, de 1 de agosto, normas concordantes y
complementarias. Dicha relación laboral especial quedará regulada por lo establecido en
el precitado contrato de trabajo y en el resto del ordenamiento jurídico, siendo sus
retribuciones las aprobadas para la plaza y puesto de Director/a de Gestión y Servicios
Generales de Atención Sanitaria de Melilla.
3.

Requisitos de las personas aspirantes

Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán poseer y acreditar, en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo, los
siguientes requisitos de participación:
Nacionalidad:

– Tener la nacionalidad española.
– Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
– Cualquiera que sea su nacionalidad, ser cónyuge de españoles o nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de
derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y
los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes.
– Ser personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
– Ser personas extranjeras que no estando incluidas en los párrafos anteriores se
encuentren con residencia legal en España.
3.2 Titulación: Licenciatura universitario, Grado o equivalente. Las personas
aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en

cve: BOE-A-2024-18946
Verificable en https://www.boe.es

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