I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Organización. (BOE-A-2024-18933)
Orden VAU/1001/2024, de 17 de septiembre, por la que se crea el Comité Antifraude del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229
Sábado 21 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 116045
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
Orden VAU/1001/2024, de 17 de septiembre, por la que se crea el Comité
Antifraude del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
El Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
dedica su artículo 22 a la «Protección de los intereses financieros de la Unión»,
disponiendo que los Estados miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios
de fondos en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, adoptarán todas
las medidas adecuadas para proteger dichos intereses, así como para velar por que la
utilización de los fondos europeos se ajuste al Derecho aplicable de la Unión Europea y
nacional. En particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. A tal efecto, dispone que los Estados
miembros establecerán un sistema de control interno eficaz y eficiente, y recuperarán los
importes abonados erróneamente o utilizados de modo incorrecto.
El 30 de abril de 2021, el Gobierno de España presentó el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, «Plan España Puede», que fue aprobado por el Colegio
de Comisarios UE el 16 de junio de 2021 y, finalmente, el 13 de julio del mismo año por
el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la UE (ECOFIN). El Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia comprende una importante agenda de
inversiones y reformas estructurales destinadas al logro de las cuatro transformaciones
que constituyen el centro de la estrategia de política económica del Gobierno de España
(la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la
igualdad de género).
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se estructura en diez políticas
tractoras, que inciden directamente en aquellos sectores productivos con mayor
capacidad de transformación de nuestro tejido económico y social. Estas diez políticas
tractoras, a su vez, se desarrollan sobre la base de un total de treinta componentes, uno
de los cuales, el componente 2, «Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración
urbana», es liderado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
Este Ministerio participa, por tanto, de manera muy significativa y a través de
numerosas reformas e inversiones, en la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, teniendo condición tanto
de Entidad decisora como de Entidad ejecutora, en virtud de las definiciones
establecidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura
el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Asimismo, dicha Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con la finalidad de
dar cumplimiento a las obligaciones reguladas en el artículo 22 del Reglamento
(UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
establece, en su artículo 6 la obligación de que toda entidad decisora o ejecutora que
participe en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia disponga de un plan de medidas antifraude, que le permita garantizar y
declarar que los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las
normas aplicables, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y
corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
En este sentido, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, en su condición
de Entidad decisora en relación con las medidas de su competencia incluidas en el
componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como
de Entidad ejecutora en relación con los proyectos de su competencia desarrollados
en el marco de dichas medidas, ha aprobado, por Resolución de la Subsecretaria
cve: BOE-A-2024-18933
Verificable en https://www.boe.es
18933
Núm. 229
Sábado 21 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 116045
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
Orden VAU/1001/2024, de 17 de septiembre, por la que se crea el Comité
Antifraude del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
El Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
dedica su artículo 22 a la «Protección de los intereses financieros de la Unión»,
disponiendo que los Estados miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios
de fondos en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, adoptarán todas
las medidas adecuadas para proteger dichos intereses, así como para velar por que la
utilización de los fondos europeos se ajuste al Derecho aplicable de la Unión Europea y
nacional. En particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. A tal efecto, dispone que los Estados
miembros establecerán un sistema de control interno eficaz y eficiente, y recuperarán los
importes abonados erróneamente o utilizados de modo incorrecto.
El 30 de abril de 2021, el Gobierno de España presentó el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, «Plan España Puede», que fue aprobado por el Colegio
de Comisarios UE el 16 de junio de 2021 y, finalmente, el 13 de julio del mismo año por
el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la UE (ECOFIN). El Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia comprende una importante agenda de
inversiones y reformas estructurales destinadas al logro de las cuatro transformaciones
que constituyen el centro de la estrategia de política económica del Gobierno de España
(la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la
igualdad de género).
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se estructura en diez políticas
tractoras, que inciden directamente en aquellos sectores productivos con mayor
capacidad de transformación de nuestro tejido económico y social. Estas diez políticas
tractoras, a su vez, se desarrollan sobre la base de un total de treinta componentes, uno
de los cuales, el componente 2, «Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración
urbana», es liderado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
Este Ministerio participa, por tanto, de manera muy significativa y a través de
numerosas reformas e inversiones, en la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, teniendo condición tanto
de Entidad decisora como de Entidad ejecutora, en virtud de las definiciones
establecidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura
el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Asimismo, dicha Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con la finalidad de
dar cumplimiento a las obligaciones reguladas en el artículo 22 del Reglamento
(UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
establece, en su artículo 6 la obligación de que toda entidad decisora o ejecutora que
participe en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia disponga de un plan de medidas antifraude, que le permita garantizar y
declarar que los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las
normas aplicables, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y
corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
En este sentido, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, en su condición
de Entidad decisora en relación con las medidas de su competencia incluidas en el
componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como
de Entidad ejecutora en relación con los proyectos de su competencia desarrollados
en el marco de dichas medidas, ha aprobado, por Resolución de la Subsecretaria
cve: BOE-A-2024-18933
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