III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-18909)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Kalianda Promociones, SL, de autorización administrativa previa, del parque solar fotovoltaico Oropesa, de 300 MW de potencia pico y 250 MW de potencia nominal, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Viernes 20 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 115953

somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 22 de junio de 2022, se recibe el informe y el expediente de tramitación
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo.
Cuarto.

Evaluación de impacto ambiental practicada.

Con fecha 26 de junio de 2022 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 20 de
enero de 2023, Resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
desfavorable para el parque solar fotovoltaico Oropesa y su infraestructura de
evacuación asociada, concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos
adversos significativos sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención,
corrección y compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente
para la adecuada protección del medio ambiente (en adelante, Declaración de Impacto
Ambiental desfavorable). La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente
enlace:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-2915
Quinto.

Permisos de acceso y conexión.

El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Boadilla 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 15 de junio de 2023 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Sexto. Trámite de audiencia.

II. Fundamentos jurídicos
Primero.

Normativa aplicable.

Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos
de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

cve: BOE-A-2024-18909
Verificable en https://www.boe.es

Con fecha de 23 de enero de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto, en el expediente SGEE/PFot-458.
Transcurrido el plazo sin obtener respuesta, esta Dirección General de Política
Energética y Minas dicta la presente resolución.