III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-18909)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Kalianda Promociones, SL, de autorización administrativa previa, del parque solar fotovoltaico Oropesa, de 300 MW de potencia pico y 250 MW de potencia nominal, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115952
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
18909
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Kalianda
Promociones, SL, de autorización administrativa previa, del parque solar
fotovoltaico Oropesa, de 300 MW de potencia pico y 250 MW de potencia
nominal, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y
Madrid.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Kalianda Promociones, SL, solicita, con fecha 4 de diciembre de 2020, autorización
administrativa previa del parque solar fotovoltaico Oropesa, de 300 MW de potencia pico
y 250 MW nominales, junto con su infraestructura de evacuación, consistente en la
subestación elevadora SET Oropesa 30/220 kV, la línea aérea de 220 kV entre la SET
Oropesa y un apoyo de la línea Viridi que conecta la SET Villaviciosa 220 y la SET
Boadilla 220 kV y la línea aéreo-subterránea de 220 kV que conecta el apoyo de la línea
Viridi con la SET Boadilla 220 kV de Red Eléctrica de España SA, en los términos
municipales de Oropesa, Calzada de Oropesa, Herreruela de Oropesa, Lagartera,
Alcañizo, Calera y Chozas, Talavera de la Reina, Las Herencias, La Pueblanueva,
Montearagón, Santo Domingo-Caudilla, Alcabón, Santa Olalla, Otero, Los Cerralbos,
Domingo Perez, Illán de Vacas, Lucillos, Portillo de Toledo, Fuensalida, Novés, Méntrida,
Esteban Hambrán, Santa Cruz del Retamar y La Torre de Esteban Hambrán, en la
provincia de Toledo, y Móstoles, Villaviciosa de Odón y Boadilla del Monte, en la
provincia de Madrid (en adelante también, el proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Esta Dirección General da traslado del expediente al Área de Industria y Energía de
la Subdelegación del Gobierno en Toledo y Madrid, como órganos competentes para la
tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el
artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
cve: BOE-A-2024-18909
Verificable en https://www.boe.es
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de la planta solar fotovoltaica Oropesa y su infraestructura de evacuación,
en las provincias de Toledo y Madrid, había sido presentada y admitida a trámite.
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115952
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
18909
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Kalianda
Promociones, SL, de autorización administrativa previa, del parque solar
fotovoltaico Oropesa, de 300 MW de potencia pico y 250 MW de potencia
nominal, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y
Madrid.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Kalianda Promociones, SL, solicita, con fecha 4 de diciembre de 2020, autorización
administrativa previa del parque solar fotovoltaico Oropesa, de 300 MW de potencia pico
y 250 MW nominales, junto con su infraestructura de evacuación, consistente en la
subestación elevadora SET Oropesa 30/220 kV, la línea aérea de 220 kV entre la SET
Oropesa y un apoyo de la línea Viridi que conecta la SET Villaviciosa 220 y la SET
Boadilla 220 kV y la línea aéreo-subterránea de 220 kV que conecta el apoyo de la línea
Viridi con la SET Boadilla 220 kV de Red Eléctrica de España SA, en los términos
municipales de Oropesa, Calzada de Oropesa, Herreruela de Oropesa, Lagartera,
Alcañizo, Calera y Chozas, Talavera de la Reina, Las Herencias, La Pueblanueva,
Montearagón, Santo Domingo-Caudilla, Alcabón, Santa Olalla, Otero, Los Cerralbos,
Domingo Perez, Illán de Vacas, Lucillos, Portillo de Toledo, Fuensalida, Novés, Méntrida,
Esteban Hambrán, Santa Cruz del Retamar y La Torre de Esteban Hambrán, en la
provincia de Toledo, y Móstoles, Villaviciosa de Odón y Boadilla del Monte, en la
provincia de Madrid (en adelante también, el proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Esta Dirección General da traslado del expediente al Área de Industria y Energía de
la Subdelegación del Gobierno en Toledo y Madrid, como órganos competentes para la
tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el
artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
cve: BOE-A-2024-18909
Verificable en https://www.boe.es
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de la planta solar fotovoltaica Oropesa y su infraestructura de evacuación,
en las provincias de Toledo y Madrid, había sido presentada y admitida a trámite.