III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-18914)
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias, para la programación conjunta en la evaluación de convocatorias de ayudas enmarcadas dentro de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115978
derecho de acceso que pudieran tener los interesados en los procedimientos de
concesión de ayudas.
Décima.
Régimen jurídico y resolución de controversias.
Este convenio es de carácter administrativo, y se regirá por sus propios términos y
condiciones y por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación y ejecución del
presente convenio deberán someterse al conocimiento de los Juzgados y Tribunales del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo, conforme a los dispuesto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio.
Las discrepancias que pudieran surgir entre las partes en relación con la
interpretación y ejecución del convenio serán resultas previamente en el seno de la
Comisión de Seguimiento que se regula en la cláusula sexta del proyecto de convenio.
cve: BOE-A-2024-18914
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto, las partes firman el
presente documento en la fecha indicada en la última firma electrónica.–El Presidente de
la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa.–La Consejera de
Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias, Migdalia
Machín Tavío.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115978
derecho de acceso que pudieran tener los interesados en los procedimientos de
concesión de ayudas.
Décima.
Régimen jurídico y resolución de controversias.
Este convenio es de carácter administrativo, y se regirá por sus propios términos y
condiciones y por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación y ejecución del
presente convenio deberán someterse al conocimiento de los Juzgados y Tribunales del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo, conforme a los dispuesto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio.
Las discrepancias que pudieran surgir entre las partes en relación con la
interpretación y ejecución del convenio serán resultas previamente en el seno de la
Comisión de Seguimiento que se regula en la cláusula sexta del proyecto de convenio.
cve: BOE-A-2024-18914
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto, las partes firman el
presente documento en la fecha indicada en la última firma electrónica.–El Presidente de
la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa.–La Consejera de
Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias, Migdalia
Machín Tavío.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X