III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-18919)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, en el marco del título de Experto en Derecho de la Competencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116001
Reconociéndose las citadas partes capacidad y legitimidad suficientes para otorgar y
firmar el presente convenio de Colaboración.
EXPONEN
I. Que la CNMC es un Organismo público independiente del Gobierno y de las
Administraciones Públicas, con personalidad jurídica y patrimonio propios, regulado por
la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC y el Real Decreto 657/2013, de 30
de agosto, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la CNMC.
II. La CNMC tiene como objeto garantizar, preservar y promover el correcto
funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia efectiva en todos
los mercados y sectores productivos, en beneficio de los consumidores y usuarios.
III. La Universidad Carlos III de Madrid (en adelante, UC3M), creada por
Ley 9/1989, de 5 de mayo, se rige por sus Estatutos y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario siendo una Entidad de Derecho Público, dotada de
personalidad jurídica propia, que goza de autonomía conforme a la Constitución, y a las
Leyes.
IV. La UC3M, de acuerdo a sus Estatutos, tiene como uno de sus objetivos la
colaboración con entidades públicas o privadas, promoviendo la difusión de la ciencia, la
cultura, el arte y el conocimiento, contribuyendo al progreso social, económico, y cultural.
V. El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad. establece la posibilidad de que las Universidades en uso de su autonomía
puedan establecer enseñanzas conducentes a la obtención de títulos distintos de los
oficiales. La Universidad Carlos III de Madrid tiene establecido como título propio el
Título de Experto en Derecho de la Competencia.
VI. La CNMC tiene interés en participar en el citado título permitiendo que su
personal pueda beneficiarse de esa oportunidad de formación en unas condiciones
ventajosas de matriculación y formando parte de su Comisión Académica.
Atendiendo a dicho interés común, las partes firmantes acuerdan la formalización del
presente acuerdo, con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
Es objeto del presente convenio establecer el marco de la colaboración entre la
CNMC y la UC3M en relación con el Título de Experto en Derecho de la Competencia
propio de la UC3M (el «Título»).
La descripción del programa Título de Experto en Derecho de la Competencia propio
de la UC3M (el «Título»), queda unida al presente convenio como anexo I, formando
parte inseparable del mismo. En dicho anexo queda reflejado, igualmente, los precios
públicos de matrícula para el curso académico 2024/2025.
2.1
Derechos y obligaciones de las partes.
Derechos y obligaciones de la UC3M.
De conformidad con lo establecido en los procedimientos y requisitos recogidos en la
normativa que, en cada momento, resulte de aplicación, así como cualquier otra disposición
que pueda resultar aplicable, la UC3M, a través del Centro de Postgrado, habilitará, cada una
de las ediciones (cursos académicos 2024/2025 y 2025/2026) del Título en las que el
presente convenio produzca sus efectos, hasta ocho ayudas de matrícula destinadas a los
empleados de la CNMC a los que aluden en el punto 2.2.2. El importe de dichas ayudas de
matrícula será de novecientos euros (900,00 €) por estudiante.
cve: BOE-A-2024-18919
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116001
Reconociéndose las citadas partes capacidad y legitimidad suficientes para otorgar y
firmar el presente convenio de Colaboración.
EXPONEN
I. Que la CNMC es un Organismo público independiente del Gobierno y de las
Administraciones Públicas, con personalidad jurídica y patrimonio propios, regulado por
la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC y el Real Decreto 657/2013, de 30
de agosto, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la CNMC.
II. La CNMC tiene como objeto garantizar, preservar y promover el correcto
funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia efectiva en todos
los mercados y sectores productivos, en beneficio de los consumidores y usuarios.
III. La Universidad Carlos III de Madrid (en adelante, UC3M), creada por
Ley 9/1989, de 5 de mayo, se rige por sus Estatutos y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario siendo una Entidad de Derecho Público, dotada de
personalidad jurídica propia, que goza de autonomía conforme a la Constitución, y a las
Leyes.
IV. La UC3M, de acuerdo a sus Estatutos, tiene como uno de sus objetivos la
colaboración con entidades públicas o privadas, promoviendo la difusión de la ciencia, la
cultura, el arte y el conocimiento, contribuyendo al progreso social, económico, y cultural.
V. El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad. establece la posibilidad de que las Universidades en uso de su autonomía
puedan establecer enseñanzas conducentes a la obtención de títulos distintos de los
oficiales. La Universidad Carlos III de Madrid tiene establecido como título propio el
Título de Experto en Derecho de la Competencia.
VI. La CNMC tiene interés en participar en el citado título permitiendo que su
personal pueda beneficiarse de esa oportunidad de formación en unas condiciones
ventajosas de matriculación y formando parte de su Comisión Académica.
Atendiendo a dicho interés común, las partes firmantes acuerdan la formalización del
presente acuerdo, con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
Es objeto del presente convenio establecer el marco de la colaboración entre la
CNMC y la UC3M en relación con el Título de Experto en Derecho de la Competencia
propio de la UC3M (el «Título»).
La descripción del programa Título de Experto en Derecho de la Competencia propio
de la UC3M (el «Título»), queda unida al presente convenio como anexo I, formando
parte inseparable del mismo. En dicho anexo queda reflejado, igualmente, los precios
públicos de matrícula para el curso académico 2024/2025.
2.1
Derechos y obligaciones de las partes.
Derechos y obligaciones de la UC3M.
De conformidad con lo establecido en los procedimientos y requisitos recogidos en la
normativa que, en cada momento, resulte de aplicación, así como cualquier otra disposición
que pueda resultar aplicable, la UC3M, a través del Centro de Postgrado, habilitará, cada una
de las ediciones (cursos académicos 2024/2025 y 2025/2026) del Título en las que el
presente convenio produzca sus efectos, hasta ocho ayudas de matrícula destinadas a los
empleados de la CNMC a los que aluden en el punto 2.2.2. El importe de dichas ayudas de
matrícula será de novecientos euros (900,00 €) por estudiante.
cve: BOE-A-2024-18919
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.