III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-18902)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de complemento retributivo del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón para el personal de administración y servicios para los años 2024 y 2025, del VII Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Viernes 20 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 115901

MANIFIESTAN
Primero.
Con fecha 13 de junio de 2024, la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades
del Gobierno de Aragón dictó la Orden de la Consejera de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se da cumplimiento a lo establecido en el apartado 3 de la
Disposición adicional decimosexta de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de
Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023, así como la
Ley 17/23 de 22 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón
para 2024, correspondientes al periodo enero-abril 2024 del curso 2023-2024, sobre el
importe destinado a la partida de «otros gastos» para el período comprendido entre
enero y abril de 2024 (segundo cuatrimestre del curso 23-24), tal y como establece el
artículo 1 de la orden citada, siendo el destino del importe destinado a esta partida
conforme a lo dispuesto en el artículo 117.3.b) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación, es el pago del salario del personal de administración y servicios, los
gastos ordinarios de mantenimiento, conservación y funcionamiento, así como las
cantidades que correspondan a la reposición de inversiones reales. Asimismo, podrán
considerarse las derivadas del ejercicio de la función directiva no docente.
Segundo.
Con fecha 27 de abril de 2023 y 30 de enero de 2024 las organizaciones
empresariales y sindicales firmantes del presente acuerdo, suscribieron sendos acuerdos
reconociendo un complemento retributivo no consolidable para las categorías
profesionales del Personal de Administración y Servicios citados en los mismos por
importe de 233,33 euros brutos para el citado personal con jornada completa y la parte
proporcional correspondiente para los de jornada parcial para el período comprendido
entre septiembre y diciembre de 2022, a razón de 50 euros brutos mensuales, más la
parte proporcional de pagas extraordinarias y de 714 euros brutos para el período
comprendido entre enero y diciembre de 2023, a razón de 51 euros brutos mensuales,
más las pagas extraordinarias correspondientes, como consecuencia del abono por parte
de la Consejería de Educación de un importe adicional en concepto de «otros gastos».
Tercero.
Que las partes firmantes, teniendo en consideración que para el período enero-abril
de 2024, el Departamento de Educación, Ciencia y Universidades del Gobierno de
Aragón ha abonado igualmente a los centros concertados de la Comunidad Autónoma
de Aragón una cantidad adicional a la partida ordinaria de «otros gastos» manifiestan su
intención de acordar igualmente un complemento autonómico por el importe que se
establece en el presente acuerdo para el período igualmente pactado.

A su vez, la Disposición adicional octava del VII convenio Colectivo de Empresas de
Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» establece la posibilidad de las organizaciones empresariales
y sindicales, por mayoría de su respectiva representatividad, acuerden la incorporación a
dicho convenio de complementos salariales para todo el personal afectado por el mismo,
por lo que las organizaciones firmantes.

cve: BOE-A-2024-18902
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Cuarto.