II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Cuerpo de Gestión Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-18746)
Resolución de 15 de septiembre de 2024, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo en la Oficina Judicial de Cervera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227
Jueves 19 de septiembre de 2024
Cuarta.
Sec. II.B. Pág. 115333
Solicitudes.
4.1 La solicitud para participar en este concurso debe formalizarse según el modelo
que figura en el anexo 3 de esta convocatoria y presentarse en el plazo de diez días
hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el DOGC y en el BOE. En caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga
simultáneamente en el BOE y en el DOGC, se tendrá en cuenta la fecha de publicación
en el DOGC, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49.5 del Real Decreto 1451/2005,
de 7 de diciembre.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2.e) de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), la solicitud debe
presentarse preferentemente mediante el registro telemático de este departamento
(https://justicia.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Peticio-generica). En caso de que no
sea posible, se puede presentar presencialmente en cualquiera de los centros indicados
en la web del Departamento de Justicia y Calidad Democrática de la Generalitat de
Catalunya.
4.2 El personal aspirante debe consignar en la solicitud de participación el partido
judicial del puesto de trabajo que figura en el anexo 2, siempre que reúna los requisitos
exigidos para participar.
4.3 En la solicitud debe adjuntarse el expediente personal de ATRI y sólo aportar
las fotocopias compulsadas de los certificados o diplomas acreditativos de la formación y
del conocimiento del catalán que no estén informados en el expediente ATRI y que
versen sobre materias relacionadas con las funciones propias del puesto objeto de
convocatoria o con las habilidades que este puesto requiere, de acuerdo con lo que
dispone la base séptima, apartado primero, de esta resolución.
4.4 Con la solicitud deber adjuntarse también el anexo 4, de declaración de los
méritos y las capacidades que se aleguen. Estos méritos y capacidades se tienen que
acreditar documentalmente mediante las certificaciones, los títulos, los justificantes o
cualquier otro medio documental, debidamente compulsados.
4.5 El personal aspirante al que hace referencia el punto 1.4 de estas bases tiene
que adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de
discapacidades del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) para que
la Comisión de Valoración pueda evaluar que el personal funcionario puede desarrollar
de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo objeto de
convocatoria.
4.6 La Subdirección General de Recursos Humanos comprueba de oficio la
antigüedad en el cuerpo, relativa a lo que establece el punto 6.1 de esta convocatoria.
4.7 Los méritos se valoran en referencia a la fecha en que finaliza el plazo de
presentación de solicitudes que establece el punto 4.1 de esta convocatoria.
4.8 Las solicitudes tienen carácter vinculante para el personal concursante y sólo
se admiten renuncias a la participación en el concurso que se presenten durante el
período de presentación de solicitudes.
4.9 El personal participante no puede anular o modificar el contenido de su solicitud
una vez finalizado el período de presentación.
Fases del concurso y propuesta de resolución.
5.1 Este concurso consta de dos fases que incluyen la totalidad de los méritos y las
capacidades especificados en la base sexta de esta convocatoria. La propuesta de
resolución recae en el candidato que tenga mejor valoración en el conjunto de ambas
fases.
5.2 En caso de empate en el conjunto del concurso, este se dirime en función de la
puntuación más alta obtenida en el apartado de antigüedad en el cuerpo.
cve: BOE-A-2024-18746
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 227
Jueves 19 de septiembre de 2024
Cuarta.
Sec. II.B. Pág. 115333
Solicitudes.
4.1 La solicitud para participar en este concurso debe formalizarse según el modelo
que figura en el anexo 3 de esta convocatoria y presentarse en el plazo de diez días
hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el DOGC y en el BOE. En caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga
simultáneamente en el BOE y en el DOGC, se tendrá en cuenta la fecha de publicación
en el DOGC, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49.5 del Real Decreto 1451/2005,
de 7 de diciembre.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2.e) de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), la solicitud debe
presentarse preferentemente mediante el registro telemático de este departamento
(https://justicia.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Peticio-generica). En caso de que no
sea posible, se puede presentar presencialmente en cualquiera de los centros indicados
en la web del Departamento de Justicia y Calidad Democrática de la Generalitat de
Catalunya.
4.2 El personal aspirante debe consignar en la solicitud de participación el partido
judicial del puesto de trabajo que figura en el anexo 2, siempre que reúna los requisitos
exigidos para participar.
4.3 En la solicitud debe adjuntarse el expediente personal de ATRI y sólo aportar
las fotocopias compulsadas de los certificados o diplomas acreditativos de la formación y
del conocimiento del catalán que no estén informados en el expediente ATRI y que
versen sobre materias relacionadas con las funciones propias del puesto objeto de
convocatoria o con las habilidades que este puesto requiere, de acuerdo con lo que
dispone la base séptima, apartado primero, de esta resolución.
4.4 Con la solicitud deber adjuntarse también el anexo 4, de declaración de los
méritos y las capacidades que se aleguen. Estos méritos y capacidades se tienen que
acreditar documentalmente mediante las certificaciones, los títulos, los justificantes o
cualquier otro medio documental, debidamente compulsados.
4.5 El personal aspirante al que hace referencia el punto 1.4 de estas bases tiene
que adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de
discapacidades del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) para que
la Comisión de Valoración pueda evaluar que el personal funcionario puede desarrollar
de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo objeto de
convocatoria.
4.6 La Subdirección General de Recursos Humanos comprueba de oficio la
antigüedad en el cuerpo, relativa a lo que establece el punto 6.1 de esta convocatoria.
4.7 Los méritos se valoran en referencia a la fecha en que finaliza el plazo de
presentación de solicitudes que establece el punto 4.1 de esta convocatoria.
4.8 Las solicitudes tienen carácter vinculante para el personal concursante y sólo
se admiten renuncias a la participación en el concurso que se presenten durante el
período de presentación de solicitudes.
4.9 El personal participante no puede anular o modificar el contenido de su solicitud
una vez finalizado el período de presentación.
Fases del concurso y propuesta de resolución.
5.1 Este concurso consta de dos fases que incluyen la totalidad de los méritos y las
capacidades especificados en la base sexta de esta convocatoria. La propuesta de
resolución recae en el candidato que tenga mejor valoración en el conjunto de ambas
fases.
5.2 En caso de empate en el conjunto del concurso, este se dirime en función de la
puntuación más alta obtenida en el apartado de antigüedad en el cuerpo.
cve: BOE-A-2024-18746
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.