II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-18785)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227
Jueves 19 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 115392
No se valorarán, como cursos de formación y perfeccionamiento, las asignaturas
individualmente consideradas, integrantes de planes de estudios oficiales, ni los cursos
académicos necesarios para la obtención del título oficial exigido para pertenecer a la
categoría laboral de la plaza a la que se concursa.
Se valorarán los títulos académicos aportados adicionalmente al necesario para
participar en el proceso selectivo, siempre y cuando estén directamente relacionados con
el perfil de la plaza a la que se opta. Los títulos académicos en materia de Prevención de
Riesgos Laborales serán valorables en todo caso.
Respecto de los cursos, además de los relativos a materias directamente
relacionadas con el perfil de la plaza, podrán valorarse como cursos en materias
transversales los de informática básica, idiomas, legislación administrativa y universitaria,
cursos sobre Igualdad, y los de prevención de riesgos laborales, siempre que cumplan
los requisitos señalados. En el caso de que se aporten varios cursos de contenido
coincidente en su mayor parte, se valorará el de más horas.
Los cursos en los que no se indique el número de horas de duración, serán
valorados con 0,10 puntos. Solo serán valorables los cursos recibidos, no los impartidos.
3.
Valoración final
Una vez determinada la calificación obtenida por cada aspirante en las fases de
oposición y de concurso, se calculará la puntuación global del proceso selectivo, que
vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en la fase de
oposición y en la de concurso, correspondiendo a aquella el 70 por 100 y a esta el 30
por 100 del total.
El cálculo de la nota de oposición (sobre 70 puntos) será el resultado de la aplicación
de las siguientes fórmulas:
Grupos profesionales A, B y C:
𝑂𝑝𝑜𝑠𝑖𝑐𝑖ó𝑛 (𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 70 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑜𝑠) =
(Nota teórico x 0,4 + Nota práctico x 0,6)𝑥 70
40
Grupo profesional D:
𝑂𝑝𝑜𝑠𝑖𝑐𝑖ó𝑛 (𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 70 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑜𝑠) =
Nota Ejercicio x 70
40
En el caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
cve: BOE-A-2024-18785
Verificable en https://www.boe.es
– Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
– Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
– Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, si lo
hubiera.
– De persistir el empate, éste se dirimirá atendiendo al orden alfabético, conforme a
la letra «N», conforme a lo dispuesto en la base 6.
Núm. 227
Jueves 19 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 115392
No se valorarán, como cursos de formación y perfeccionamiento, las asignaturas
individualmente consideradas, integrantes de planes de estudios oficiales, ni los cursos
académicos necesarios para la obtención del título oficial exigido para pertenecer a la
categoría laboral de la plaza a la que se concursa.
Se valorarán los títulos académicos aportados adicionalmente al necesario para
participar en el proceso selectivo, siempre y cuando estén directamente relacionados con
el perfil de la plaza a la que se opta. Los títulos académicos en materia de Prevención de
Riesgos Laborales serán valorables en todo caso.
Respecto de los cursos, además de los relativos a materias directamente
relacionadas con el perfil de la plaza, podrán valorarse como cursos en materias
transversales los de informática básica, idiomas, legislación administrativa y universitaria,
cursos sobre Igualdad, y los de prevención de riesgos laborales, siempre que cumplan
los requisitos señalados. En el caso de que se aporten varios cursos de contenido
coincidente en su mayor parte, se valorará el de más horas.
Los cursos en los que no se indique el número de horas de duración, serán
valorados con 0,10 puntos. Solo serán valorables los cursos recibidos, no los impartidos.
3.
Valoración final
Una vez determinada la calificación obtenida por cada aspirante en las fases de
oposición y de concurso, se calculará la puntuación global del proceso selectivo, que
vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en la fase de
oposición y en la de concurso, correspondiendo a aquella el 70 por 100 y a esta el 30
por 100 del total.
El cálculo de la nota de oposición (sobre 70 puntos) será el resultado de la aplicación
de las siguientes fórmulas:
Grupos profesionales A, B y C:
𝑂𝑝𝑜𝑠𝑖𝑐𝑖ó𝑛 (𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 70 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑜𝑠) =
(Nota teórico x 0,4 + Nota práctico x 0,6)𝑥 70
40
Grupo profesional D:
𝑂𝑝𝑜𝑠𝑖𝑐𝑖ó𝑛 (𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 70 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑜𝑠) =
Nota Ejercicio x 70
40
En el caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
cve: BOE-A-2024-18785
Verificable en https://www.boe.es
– Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
– Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
– Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, si lo
hubiera.
– De persistir el empate, éste se dirimirá atendiendo al orden alfabético, conforme a
la letra «N», conforme a lo dispuesto en la base 6.