III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-18805)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Bancaria "la Caixa", para la celebración del Congreso "Ciencia y Arte".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227

Jueves 19 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 115537

iii. Sea o devenga de general o público conocimiento por un motivo distinto al
incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad previstas en el marco de la
relación contractual;
iv. La información que la parte receptora deba de hacer pública por disposición
legal, o por orden de un Juzgado, Tribunal o cualquier otra autoridad competente. En tal
caso la parte receptora notificará a la otra parte de tal requerimiento antes de otorgar
dicha información.
La obligación de confidencialidad establecida en la presente cláusula se mantendrá
en vigor incluso con posterioridad a la terminación, por cualquier causa, de la vigencia
del presente convenio, durante un plazo de diez (10) años contados desde dicha
terminación.
Cada parte será responsable del cumplimiento de las obligaciones de
confidencialidad del personal a su servicio y de cualquier persona o entidad vinculada al
objeto del presente convenio.
Cualquier revelación, comunicación o publicidad por las partes en relación con la
existencia del presente convenio, su objeto o lo previsto en el mismo, deberá ser
coordinada y, en su caso, aprobada previamente y por escrito por ambas partes.
Undécima. Protección de datos, transparencia e información a la ciudadanía.
General.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas entidades,
en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente convenio,
atenderán a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Asimismo, el presente convenio se somete a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Buen Gobierno.
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de la Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno (artículo 8.1.b).

Las partes se informan mutuamente de que los datos personales de los intervinientes
en el marco del presente convenio serán tratados para gestionar el mismo, siendo la
base legal su cumplimiento. Los datos se conservarán durante la vigencia del convenio,
así como durante el plazo legal correspondiente.
Los respectivos responsables del tratamiento son las partes firmantes. Puede
contactarse con el Delegado de Protección de Datos (DPD) de cada parte a través de la
dirección indicada en el encabezamiento.
Los datos personales no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal o si se
precisa la intervención de proveedores para la prestación de un servicio. En el caso de
transferencias internacionales, tales transferencias se realizarían previo cumplimiento de
los requisitos establecidos por la normativa, y aplicando las garantías y salvaguardas
necesarias para preservar su privacidad.
Pueden ejercerse los derechos en materia de protección de datos (esto es, acceso,
rectificación, supresión, etc.) mediante una comunicación al DPD en las direcciones
indicadas. Asimismo, puede presentarse una reclamación ante el DPD o la autoridad
competente en la materia.
Duodécima.

Ética y Compliance.

12.1 Fundación «la Caixa» dispone, en su organización interna, de medidas de
control, prevención y detección de la comisión de conductas que pudieran derivar en un

cve: BOE-A-2024-18805
Verificable en https://www.boe.es

Tratamiento de datos de los intervinientes.