III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18707)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización del Regadío en la Comunidad de Regantes del Canal del Pisuerga-Sector G (Palencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Miércoles 18 de septiembre de 2024
3.

Sec. III. Pág. 115164

Análisis técnico del expediente.

3.a

Análisis de alternativas.

Además de la alternativa 0 o de no ejecución del proyecto, el estudio de impacto
ambiental ha considerado las siguientes alternativas:
Alternativa 1: contempla un bombeo desde el canal a balsa de almacenamiento
elevada con clasificación de tipo B o C, con distribución de agua mediante red de riego.
Esta alternativa dividiría al Sector G en dos subsectores (G1 y G2), y el bombeo del
subsector G1 completaría al ya existente del Sector F para bombear al caudal de diseño a
la balsa a ejecutar, siendo posible reutilizar las infraestructuras del bombeo del Sector F.
Alternativa 2: contempla el mismo diseño que la alternativa 1, pero sin reutilizar las
infraestructuras del bombeo del Sector F.
Alternativa 3: incluye un bombeo desde el canal a balsa de almacenamiento elevada
con clasificación tipo A, con distribución de agua mediante red de riego. Al igual que en
la alternativa 1, reutiliza las infraestructuras del bombeo del Sector F y divide el Sector G
en dos subsectores.
Alternativa 4: contempla el mismo diseño que la alternativa 3, pero sin reutilizar las
infraestructuras del bombeo del Sector F.
Alternativa 5: contempla la ejecución de un bombeo directo a red de riego y división
del Sector G en dos subsectores.
Alternativa 6: similar a la alternativa 5, pero incluye tuberías de otros materiales, con
diferente coeficiente de explotación.
Alternativa 7: a diferencia de las anteriores (alternativas de 1 a 6), esta alternativa
plantea realizar la actuación en un único sector. Se mantiene el bombeo desde el canal a
balsa de almacenamiento elevada de tipo B o C, con distribución del agua mediante red
de riego.
El promotor selecciona la alternativa 7, consistente en un único sector con bombeo
desde el canal del Pisuerga con balsa de regulación y balsa de almacenamiento con
clasificación tipo C y distribución de agua mediante una red de distribución a presión. De
acuerdo con el anejo 2 del proyecto técnico, esta alternativa se considera la más
favorable puesto que, al optar por un único sector, se plantea la construcción de una
balsa de almacenamiento de 326.000 m3 y una balsa de regulación que asegure un nivel
de agua mínimo en el bombeo de 42.000 m3. Por el contrario, la división en 2
subsectores obligaría a la construcción de dos balsas de mayor tamaño, una por cada
subsector, de 300.000 m3 y 200.000 m3.
3.b

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

Tras el análisis técnico del estudio de impacto ambiental y del proyecto, de las
contestaciones a las consultas, de la información adicional remitida por el promotor y de
los informes complementarios recibidos, se resumen a continuación los impactos
significativos que motivan el sentido de la presente resolución.
Impacto del proyecto sobre el factor agua.

El Canal del Pisuerga capta el agua en el azud de San Andrés, en la masa superficial
río Pisuerga 7 (30400090), clasificada como muy modificada por la alteración del
régimen de caudales que provocan los embalses localizados aguas arriba (Aguilar de
Campoo, Requejada y Cervera-Ruesga), la detracción de agua para varias zonas
regables y la sucesión de varios azudes. Los principales usos consuntivos que afectan a
esta masa son las demandas para uso agrario del Canal del Pisuerga (55,78 hm3/año) y
del Canal de Castilla Ramal Norte (46,53 hm3/año). En el momento de elaboración del
estudio de impacto ambiental, esta masa de agua presentaba buen potencial ecológico.
Sin embargo, en el actual Plan Hidrológico del Duero (2022-2027) no alcanza el buen
potencial ecológico, sino un potencial moderado. La ficha descriptiva de esta masa de

cve: BOE-A-2024-18707
Verificable en https://www.boe.es

3.b.1