III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18707)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización del Regadío en la Comunidad de Regantes del Canal del Pisuerga-Sector G (Palencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 115172

modernización del Canal del Pisuerga en el Sector G (Fase I Sector Santoyo, Fase II
Actuación SEIASA y Medida JCYL) que están dirigidas al logro de los objetivos
medioambientales de las masas de agua afectadas, y que deben garantizar que reducen
las presiones identificadas sobre dichas masas, incluida la presión por extracciones
(medida tipo 03).
Cabe señalar que, de acuerdo con el Anejo VI del Reglamento de Planificación
Hidrológica, las actuaciones de transformación en regadío deberían tener consignación
aparte en los programas de medidas, dentro de las destinadas a satisfacción de las
demandas en lugar de las destinadas al logro de los objetivos medioambientales, y
específicamente entre las dirigidas a incrementar los recursos disponibles (medida
tipo 12) o a satisfacer otros usos asociados al agua (medida tipo 19.02. Regadío).
De acuerdo con las superficies del elenco de la Confederación, el Sector G
representa un 21,1765 % de la zona regable del Canal del Pisuerga, y aplicando este
porcentaje a la dotación contemplada para toda la zona regable por el vigente Plan
Hidrológico de 46,79 hm3/año en el horizonte 2027, al sector G le corresponderían unas
extracciones brutas del Pisuerga en la presa de San Andrés de 9,91 hm3/año, cifra muy
inferior a los 17,06 hm3/año que resultan del balance de agua tras la modernización,
según la información complementaria del promotor.
La información complementaria remitida por el promotor el 18 de julio de 2023 pone
de manifiesto que el proyecto producirá un aumento en las extracciones del río Pisuerga
para el Sector G de 7,23 hm3/año y el aumento de 519, 03 ha de superficie actualmente
regada, lo que actuará en sentido contrario a las previsiones del vigente Plan Hidrológico
del Duero. En concreto, resulta contrario a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 28
del texto normativo del vigente Plan Hidrológico del Duero aprobado por Real
Decreto 35/2023, que para la modernización de regadíos indica que «La modernización
de regadíos llevada a cabo con fondos públicos conllevará la modificación de la
concesión para adaptarla a la mejora de la eficiencia del uso del agua producida. En todo
caso los ahorros producidos como consecuencia de una modernización no podrán
suponer incremento de superficie de riego.» Además, la Disposición adicional séptima de
la normativa del Plan Hidrológico del Duero establece en su apartado 3 que «los planes
hidrológicos habrán podido fijar porcentajes de ahorro mayores al indicado, referidos a
determinados sistemas de explotación o a concretas unidades de demanda agraria,
cuando todavía sea posible incrementar los ahorros y ello sea preciso para ajustar las
disponibilidades reales de agua a las asignaciones establecidas en dichos planes
hidrológicos». De acuerdo con las previsiones del Plan Hidrológico del Duero, este
proyecto de modernización debería suponer una mejora ambiental sustancial, con una
reducción de la demanda hídrica de, al menos, el 16 % en la masa afectada por la toma,
y sin aumentar la superficie regable. Ello pone de manifiesto que el proyecto provocará
un impacto significativo sobre el factor agua y tendrá un efecto contrario al que se espera
de él en el vigente Plan Hidrológico.
Adicionalmente, una información adicional remitida por el promotor el 13 de
noviembre de 2023 incluye un nuevo informe de la Universidad Politécnica de Valencia
con un nuevo cálculo del balance de agua para la situación anterior al proyecto, que
considera que actualmente se riega la totalidad de las 2.842,67 ha que se pretenden
modernizar con el proyecto en lugar de las 1,847.73 indicadas en el informe del 18 de
julio, haciéndolo 2.274 ha por gravedad y 569 ha por aspersión, y manteniendo el mismo
porcentaje de cada cultivo. En esta nueva hipótesis para el escenario antes del proyecto,
la demanda neta a escala parcela (evapotranspiración - lluvia efectiva) pasa a ser
de 7,71 hm3/año, requiriéndose captar del río Pisuerga 15,12 hm3/año para transportar
por el Canal del Pisuerga para abastecer al Sector G. El balance de agua para el
escenario después del proyecto coincide con el presentado el 18 de julio, dando una
demanda neta a escala parcela (evapotranspiración - lluvia efectiva) de 12,31 hm3/año, y
la necesidad de captar del río Pisuerga 17.06 hm3/año para transportar por el Canal del
Pisuerga y abastecer al sector G. De acuerdo con estos nuevos cálculos, la presión bruta
por extracciones sobre el río Pisuerga aumentaría con el proyecto 1,94 hm3/año, en lugar

cve: BOE-A-2024-18707
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Núm. 226