I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Red ferroviaria. (BOE-A-2024-18617)
Orden TRM/975/2024, de 10 de septiembre, para la elaboración del Plan Anual de Seguridad Operacional Ferroviaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Miércoles 18 de septiembre de 2024

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que se refiere el apartado 2 de este artículo. La aprobación de la actualización del Plan
Anual deberá efectuarse antes de que transcurra un año desde su aprobación o de su
anterior actualización.
Artículo 6.
1.

Revisión.

Se realizará una revisión del Plan Anual:

a) Cuando del seguimiento efectuado conforme a lo previsto en el artículo 5 se
hayan puesto de manifiesto desviaciones significativas respecto al cumplimiento de los
objetivos o la necesidad de implementar nuevas actividades y medidas.
b) Cuando se detecte la necesidad de modificar las medidas y actividades del Plan,
debido, por ejemplo, a cambios normativos relevantes, accidentes graves o deterioro
probable de los niveles de seguridad del sistema ferroviario.
c) Como mínimo cada cinco años desde la aprobación del primer Plan Anual o de
su revisión.
2. El inicio del proceso de revisión del Plan Anual se acordará por el Secretario de
Estado de Transportes y Movilidad Sostenible a propuesta de la Agencia Estatal de
Seguridad Ferroviaria. La revisión se realizará mediante el mismo procedimiento
establecido en el artículo 4.
Artículo 7.

Publicación.

El Plan Anual que se encuentre vigente en cada momento será objeto de publicación
en el portal de internet de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
Disposición final primera.

Título competencial.

Esta orden ministerial se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.º
y 24.º de la Constitución, que atribuyen al Estado las competencias exclusivas en
materia de ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por más de una
Comunidad Autónoma y de obras públicas de interés general, respectivamente.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».

cve: BOE-A-2024-18617
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 10 de septiembre de 2024.–El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible,
Óscar Puente Santiago.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X