V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. (BOE-B-2024-32800)
Resolución de la Secretaría General Técnica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo, por el que se somete a información pública la relación de bienes y derechos a expropiar en el 18º procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución de las obras del proyecto de construcción de la estación depuradora de aguas residuales de Nonaspe (Zaragoza) y se establecen las fechas del levantamiento de las actas previas de ocupación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 50946
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
32800
Re solución de la Se cre taría Ge ne ral Técnica de l De partame nto de
Medio Ambiente y Turismo, por el que se somete a información pública
la relación de bienes y derechos a expropiar en el 18º procedimiento de
expropiación forzosa para la ejecución de las obras del proyecto de
construcción de la e stación de puradora de aguas re siduale s de
Nonaspe (Zaragoza) y se establecen las fechas del levantamiento de
las actas previas de ocupación.
El Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración, según prevé el artículo 49 de
la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, tiene por objeto,
entre otros, el disponer de un programa de acciones específicas dirigidas a la
prevención de la contaminación de las aguas, organizar territorialmente en zonas
la gestión de los servicios, a efectos de construcción, explotación y mantenimiento
de infraestructuras y elaborar el programa de nuevas infraestructuras de
saneamiento y depuración que han de llevarse a cabo para alcanzar los objetivos
del plan en coherencia con las directivas europeas, la planificación y la legislación.
Uno de los efectos de la aprobación de los planes regulados en esta Ley es,
según dispone el artículo 53 d) es la declaración de utilidad pública e interés social
y la necesidad de ocupación a efectos de la expropiación forzosa de las obras,
terrenos e instalaciones necesarias para la realización de las actuaciones
contenidas en los planes.
Por acuerdo del Gobierno de Aragón de 5 de junio de 2001, se aprobó el Plan
de Aragón de Saneamiento y Depuración. Posteriormente por acuerdo del
Gobierno de Aragón de 23 de marzo de 2004, se aprobó el Plan Especial de
Depuración, detallando las actuaciones a ejecutar para dar servicio, donde se
incluye el municipio de Nonaspe (Zaragoza) incluido en la zona 10.
Todas las depuradoras incluidas en el vigente Plan Aragonés de Saneamiento
y Depuración como la depuradora de Nonaspe (Zaragoza), están declaradas de
interés autonómico conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 10/2014, de
27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, en virtud del Acuerdo del Gobierno
de Aragón de 11 de octubre de 2005.
Conforme a esta previsión, el Ayuntamiento de Nonaspe ha solicitado al
Instituto Aragonés del Agua en un escrito de 16 de mayo de 2024, que ante la
carencia de medios propios para llevar a cabo la compra y/o expropiación, sea el
propio Instituto Aragonés del Agua o Departamento correspondiente del Gobierno
de Aragón quien lleve a cabo las gestiones procedentes.
A tal efecto, mediante ORDEN MAT/978/2024, de 20 de agosto, se dispuso la
publicación del Acuerdo de 3 de julio de 2024, del Gobierno de Aragón, por el que
se declara la urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa incoados o
cve: BOE-B-2024-32800
Verificable en https://www.boe.es
Para la ejecución de estas obras se suscribió un convenio de colaboración con
el Ayuntamiento de Nonaspe (Zaragoza) donde consta el compromiso municipal de
poner a disposición del Instituto Aragonés del Agua mediante cesión gratuita, los
terrenos necesarios para la instalación de la depuradora de aguas residuales y sus
infraestructuras conexas, pudiendo acudir al procedimiento de expropiación
forzosa si fuera necesario.
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 50946
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32800
Re solución de la Se cre taría Ge ne ral Técnica de l De partame nto de
Medio Ambiente y Turismo, por el que se somete a información pública
la relación de bienes y derechos a expropiar en el 18º procedimiento de
expropiación forzosa para la ejecución de las obras del proyecto de
construcción de la e stación de puradora de aguas re siduale s de
Nonaspe (Zaragoza) y se establecen las fechas del levantamiento de
las actas previas de ocupación.
El Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración, según prevé el artículo 49 de
la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, tiene por objeto,
entre otros, el disponer de un programa de acciones específicas dirigidas a la
prevención de la contaminación de las aguas, organizar territorialmente en zonas
la gestión de los servicios, a efectos de construcción, explotación y mantenimiento
de infraestructuras y elaborar el programa de nuevas infraestructuras de
saneamiento y depuración que han de llevarse a cabo para alcanzar los objetivos
del plan en coherencia con las directivas europeas, la planificación y la legislación.
Uno de los efectos de la aprobación de los planes regulados en esta Ley es,
según dispone el artículo 53 d) es la declaración de utilidad pública e interés social
y la necesidad de ocupación a efectos de la expropiación forzosa de las obras,
terrenos e instalaciones necesarias para la realización de las actuaciones
contenidas en los planes.
Por acuerdo del Gobierno de Aragón de 5 de junio de 2001, se aprobó el Plan
de Aragón de Saneamiento y Depuración. Posteriormente por acuerdo del
Gobierno de Aragón de 23 de marzo de 2004, se aprobó el Plan Especial de
Depuración, detallando las actuaciones a ejecutar para dar servicio, donde se
incluye el municipio de Nonaspe (Zaragoza) incluido en la zona 10.
Todas las depuradoras incluidas en el vigente Plan Aragonés de Saneamiento
y Depuración como la depuradora de Nonaspe (Zaragoza), están declaradas de
interés autonómico conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 10/2014, de
27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, en virtud del Acuerdo del Gobierno
de Aragón de 11 de octubre de 2005.
Conforme a esta previsión, el Ayuntamiento de Nonaspe ha solicitado al
Instituto Aragonés del Agua en un escrito de 16 de mayo de 2024, que ante la
carencia de medios propios para llevar a cabo la compra y/o expropiación, sea el
propio Instituto Aragonés del Agua o Departamento correspondiente del Gobierno
de Aragón quien lleve a cabo las gestiones procedentes.
A tal efecto, mediante ORDEN MAT/978/2024, de 20 de agosto, se dispuso la
publicación del Acuerdo de 3 de julio de 2024, del Gobierno de Aragón, por el que
se declara la urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa incoados o
cve: BOE-B-2024-32800
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Para la ejecución de estas obras se suscribió un convenio de colaboración con
el Ayuntamiento de Nonaspe (Zaragoza) donde consta el compromiso municipal de
poner a disposición del Instituto Aragonés del Agua mediante cesión gratuita, los
terrenos necesarios para la instalación de la depuradora de aguas residuales y sus
infraestructuras conexas, pudiendo acudir al procedimiento de expropiación
forzosa si fuera necesario.