III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-18596)
Resolución 420/38369/2024, de 11 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad de Sevilla, para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ejército de Tierra, la realización de acciones formativas en áreas de interés común y la realización de estudios de posgrado de personal del Ejército de Tierra.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114446
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación
que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación al Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de
Sevilla para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y
organismos del Ejército de Tierra, la realización de acciones formativas en áreas de
interés común y la realización de estudios de posgrado de personal del Ejército de
Tierra.
1. La cláusula cuarta del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad
de Sevilla para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y
organismos del Ejército de Tierra, la realización de acciones formativas en áreas de
interés común y la realización de estudios de posgrado de personal del Ejército de Tierra,
suscrito el 23 de noviembre de 2021, queda redactada como sigue:
«Cuarta. Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter
personal.
1.
Información a los firmantes:
Los datos de contacto de los firmantes del presente convenio, y del resto de
personas de contacto que puedan intervenir, serán tratados en función de la
ejecución del convenio, así como en cumplimiento de una obligación legal y de una
misión de interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento,
cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente convenio.
Asimismo, las partes firmantes y resto de personas de contacto, como
interesadas, podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no ser
objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a CGFUTER_SETEC@mde.es y/o
a dpd@us.es indicando en el asunto del correo electrónico “Protección de Datos” y
adjuntando el Documento Nacional de Identidad (DNI) escaneado. En su caso, y en
cualquiera de las direcciones de correo electrónico mencionadas, el interesado
también podrá plantear una reclamación, en la que deberá constar el nombre,
dirección, DNI, correo electrónico y teléfono del reclamante, así como una descripción
breve y clara de los hechos objeto de su reclamación.
Tales datos se tratarán mientras que se mantenga en vigor el presente
convenio entre las partes y, posteriormente, se conservarán durante el tiempo
necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar
las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad.
Protección de datos:
Todos los afectados por el presente convenio y anexos, vendrán obligados por
las disposiciones y exigencias de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas
entidades, en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del
presente convenio, y siendo responsables independientes del tratamiento de datos
que realicen, se comprometen a cumplir lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, y disposiciones de desarrollo, así como el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga
la directiva 95/46/CE, y a comunicar a la otra lo que sea relevante de su propia
política de privacidad y el correspondiente documento de seguridad.
cve: BOE-A-2024-18596
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114446
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación
que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación al Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de
Sevilla para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y
organismos del Ejército de Tierra, la realización de acciones formativas en áreas de
interés común y la realización de estudios de posgrado de personal del Ejército de
Tierra.
1. La cláusula cuarta del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad
de Sevilla para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y
organismos del Ejército de Tierra, la realización de acciones formativas en áreas de
interés común y la realización de estudios de posgrado de personal del Ejército de Tierra,
suscrito el 23 de noviembre de 2021, queda redactada como sigue:
«Cuarta. Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter
personal.
1.
Información a los firmantes:
Los datos de contacto de los firmantes del presente convenio, y del resto de
personas de contacto que puedan intervenir, serán tratados en función de la
ejecución del convenio, así como en cumplimiento de una obligación legal y de una
misión de interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento,
cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente convenio.
Asimismo, las partes firmantes y resto de personas de contacto, como
interesadas, podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no ser
objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a CGFUTER_SETEC@mde.es y/o
a dpd@us.es indicando en el asunto del correo electrónico “Protección de Datos” y
adjuntando el Documento Nacional de Identidad (DNI) escaneado. En su caso, y en
cualquiera de las direcciones de correo electrónico mencionadas, el interesado
también podrá plantear una reclamación, en la que deberá constar el nombre,
dirección, DNI, correo electrónico y teléfono del reclamante, así como una descripción
breve y clara de los hechos objeto de su reclamación.
Tales datos se tratarán mientras que se mantenga en vigor el presente
convenio entre las partes y, posteriormente, se conservarán durante el tiempo
necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar
las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad.
Protección de datos:
Todos los afectados por el presente convenio y anexos, vendrán obligados por
las disposiciones y exigencias de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas
entidades, en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del
presente convenio, y siendo responsables independientes del tratamiento de datos
que realicen, se comprometen a cumplir lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, y disposiciones de desarrollo, así como el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga
la directiva 95/46/CE, y a comunicar a la otra lo que sea relevante de su propia
política de privacidad y el correspondiente documento de seguridad.
cve: BOE-A-2024-18596
Verificable en https://www.boe.es
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