III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-18601)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de amarre en el puerto de Marín y Ría de Pontevedra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Martes 17 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 114538

materiales adscritos al servicio no fueran propiedad de la empresa solicitante, se
aportarán los contratos de arrendamiento correspondientes.
5. Declaración responsable de que los miembros de las tripulaciones de las
embarcaciones dispondrán de la formación correspondiente a nivel operativo básico de
lucha contra la contaminación en los plazos que se especifican en la Prescripción 11.ª
6. Certificación del sistema de gestión de la calidad y del medioambiente (para la
calidad la ISO 9001, y para el medio ambiente la ISO 14001 o acreditaciones EMAS) o,
en su defecto, compromiso de aportar dicha certificación en el plazo establecido en la
Prescripción 13.ª
7. Antes del inicio de la actividad, el prestador deberá presentar a la Autoridad
Portuaria los siguientes planes:
– Plan de medidas de Emergencia de la empresa de acuerdo con lo previsto en la
Prescripción 17.ª y el inventario de medios, su localización, su permanencia, los horarios
y demás requisitos para su integración en los planes de actuación en situaciones de
emergencia de la Autoridad Portuaria de acuerdo con lo previsto en la Prescripción 12.ª,
así como en el protocolo frente a posibles vertidos.
– Protocolo o, en su caso, Plan de Contingencia para posibles vertidos, tanto propios
como para intervención a solicitud de la administración competente, que será incluido o
integrado dentro del Plan Interior Marítimo de la Autoridad Portuaria.
– Plan de prevención de riesgos laborales.
– Plan de entrega de desechos, aceptado por los prestadores del servicio portuario
de recepción de desechos que corresponda según el tipo de desechos.
D.

De otro carácter.

1. Comunicaciones informativas relativas a la Ley Orgánica de Protección de Datos
hechas a cada una de las personas físicas cuyos datos sean cedidos a la Autoridad
Portuaria y firmadas individualmente por cada uno de los afectados.
2. Declaración expresa de conocer y aceptar todas las condiciones de este PPP.
3. Compromiso de participar en cualquier iniciativa que la Autoridad Portuaria
promueva para la mejora de la calidad de los servicios portuarios en general.
4. Compromiso de notificar a la Autoridad Portuaria cualquier modificación o
circunstancia que afecte o pueda afectar al contenido de la documentación relacionada
en los párrafos anteriores y se produzca con posterioridad a la solicitud y/o al
otorgamiento de la licencia.
ANEXO III
Prevención de riesgos laborales

a. Cumplir con las disposiciones generales de la Ley 31/1995 de Prevención de
Riesgos Laborales y cuantas normas legales y reglamentarias en esta materia le sean de
aplicación.
b. Haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el artículo 10 del
capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/97), en lo
relativo a la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas
necesarias para el desarrollo de su actividad.
c. Adoptar los procedimientos y medidas establecidos y a cumplir los pactos y
normas que, en relación con la seguridad y salud de los trabajadores, se implanten
dentro de la zona portuaria.

cve: BOE-A-2024-18601
Verificable en https://www.boe.es

1. ......................................................... se compromete con la Autoridad Portuaria
de Marín y Ría de Pontevedra (en adelante Autoridad Portuaria) a satisfacer las
siguientes exigencias referidas tanto a las actividades y servicios a desarrollar, como a
los
trabajadores,
equipos
y
maquinaria,
sustancias
y
preparados
que ................................................ destine a la realización de los mismos: