III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Real Federación Española de Deportes de Invierno. Estatutos. (BOE-A-2024-18605)
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Deportes de Invierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114624
Reglamento Disciplinario y sancionador en cuanto a las infracciones, sanciones y
procedimiento sancionador.
Suscripción del Código Ético:
cve: BOE-A-2024-18605
Verificable en https://www.boe.es
1. El Código Ético trata de preservar y fomentar los valores deportivos más
esenciales y entre ellos, los que suponen la defensa del honor y la lealtad en el ejercicio
deportivo. La adopción de tales pautas de comportamiento sólo puede ser fruto del
compromiso individual de los agentes deportivos ya que es una distinción que debe
significar su actitud ante el deporte.
2. Por todo lo anterior, se invita a los clubes, asociaciones, agrupaciones,
dirigentes, deportistas, técnicos/as, jueces/as, aficionados/as, prensa y demás personas
o entidades vinculadas con el mundo deportivo a formalizar preferiblemente en forma
pública, su compromiso con el juego limpio mediante la suscripción del presente Código.
3. El presente código es una adaptación del Código de Ética del Deporte del
Consejo Superior del Deporte de España y de la normativa y procedimientos de
actuación, código de buen gobierno y da cumplimiento también del Código de Ética
Deportiva aprobado por el Consejo de Europa el 24 de septiembre de 2004.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114624
Reglamento Disciplinario y sancionador en cuanto a las infracciones, sanciones y
procedimiento sancionador.
Suscripción del Código Ético:
cve: BOE-A-2024-18605
Verificable en https://www.boe.es
1. El Código Ético trata de preservar y fomentar los valores deportivos más
esenciales y entre ellos, los que suponen la defensa del honor y la lealtad en el ejercicio
deportivo. La adopción de tales pautas de comportamiento sólo puede ser fruto del
compromiso individual de los agentes deportivos ya que es una distinción que debe
significar su actitud ante el deporte.
2. Por todo lo anterior, se invita a los clubes, asociaciones, agrupaciones,
dirigentes, deportistas, técnicos/as, jueces/as, aficionados/as, prensa y demás personas
o entidades vinculadas con el mundo deportivo a formalizar preferiblemente en forma
pública, su compromiso con el juego limpio mediante la suscripción del presente Código.
3. El presente código es una adaptación del Código de Ética del Deporte del
Consejo Superior del Deporte de España y de la normativa y procedimientos de
actuación, código de buen gobierno y da cumplimiento también del Código de Ética
Deportiva aprobado por el Consejo de Europa el 24 de septiembre de 2004.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X