III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-18603)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla y León, para la organización y desarrollo del Congreso Nacional de Competencia Digital Educativa en el marco del Programa Compdigedu dentro del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114553
coeficiente del 100 % con respecto al etiquetado digital dentro del campo de
intervención 108 –Apoyo al desarrollo de las capacidades digitales–, correspondiente a
la Medida C19.I02.
Asimismo, ambas partes deberán garantizar el cumplimiento de los principios
transversales y deberán garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión,
establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cumpliendo con
lo establecido en los artículos 6,7 y 8 de la citada Orden HFP/1030/2021, relativos a las
medidas de prevención, detección y corrección del fraude, corrupción y conflicto de
intereses, con la obligación de cumplimentación de DACI.
Además, se garantizará la prevención de la doble financiación y se deberá identificar
la titularidad real de los perceptores finales de los fondos, tal y como establece el
artículo 8.2 de la Orden HFP/1030/2021 y el artículo 10 de la Orden HFP/1031/2021.
Igualmente, se tendrá en cuenta el Plan de medidas antifraude para la gestión de los
fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el MEFPD y en la
Administración General de la Comunidad de Castilla y León.
Sexta.
Compromisos de las partes.
Ambas partes se comprometen a actuar con la debida diligencia y conforme a las
especificaciones técnicas, alcance y metodología que se definen en el presente
convenio.
Las partes velarán por el impacto educativo y social de todas las actuaciones
ejecutadas y desplegadas en el marco de este convenio.
Ambas instituciones colaborarán en el orden técnico y económico, con aportación de
los medios materiales, humanos y económicos necesarios para llevar a cabo las
actuaciones según las especificaciones descritas en este convenio.
En concreto, para la ejecución de los compromisos, objeto del presente acuerdo, las
partes asumen las siguientes obligaciones:
Por parte de la Administración General del Estado, a través Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes:
Por parte de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, a través
de la Consejería de Educación:
a) Realizar la reserva y gestión del espacio para la celebración del Congreso.
b) Desarrollar la coordinación del Congreso en colaboración con la Administración
General del Estado.
c) Realizar las actividades de comunicación y difusión a través de diversos canales
(compartida con la Administración General del Estado).
d) Cubrir los gastos de desplazamiento, dietas y alojamiento, si fuera necesario, de
los docentes procedentes de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la
cve: BOE-A-2024-18603
Verificable en https://www.boe.es
a) Constituir la secretaría técnica y coordinación del Congreso en colaboración con
la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, a través de la Consejería
de Educación.
b) Elaborar el diseño y gestión de la web del Congreso y la línea gráfica del mismo.
c) Aportar los medios técnicos y audiovisuales.
d) Proporcionar el material de merchandising.
e) Gestionar las inscripciones de los asistentes y ofrecer atención y apoyo a
participantes durante el Congreso.
f) Realizar la contratación y gestiones derivadas de la asistencia de ponentes, salvo
en lo que se refiere a los docentes procedentes de los centros educativos sostenidos con
fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
g) Realizar las actividades de comunicación y difusión a través de diversos canales
(compartida con la comunidad de Castilla y León).
h) Proporcionar el servicio de catering para todos los asistentes al Congreso.
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114553
coeficiente del 100 % con respecto al etiquetado digital dentro del campo de
intervención 108 –Apoyo al desarrollo de las capacidades digitales–, correspondiente a
la Medida C19.I02.
Asimismo, ambas partes deberán garantizar el cumplimiento de los principios
transversales y deberán garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión,
establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cumpliendo con
lo establecido en los artículos 6,7 y 8 de la citada Orden HFP/1030/2021, relativos a las
medidas de prevención, detección y corrección del fraude, corrupción y conflicto de
intereses, con la obligación de cumplimentación de DACI.
Además, se garantizará la prevención de la doble financiación y se deberá identificar
la titularidad real de los perceptores finales de los fondos, tal y como establece el
artículo 8.2 de la Orden HFP/1030/2021 y el artículo 10 de la Orden HFP/1031/2021.
Igualmente, se tendrá en cuenta el Plan de medidas antifraude para la gestión de los
fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el MEFPD y en la
Administración General de la Comunidad de Castilla y León.
Sexta.
Compromisos de las partes.
Ambas partes se comprometen a actuar con la debida diligencia y conforme a las
especificaciones técnicas, alcance y metodología que se definen en el presente
convenio.
Las partes velarán por el impacto educativo y social de todas las actuaciones
ejecutadas y desplegadas en el marco de este convenio.
Ambas instituciones colaborarán en el orden técnico y económico, con aportación de
los medios materiales, humanos y económicos necesarios para llevar a cabo las
actuaciones según las especificaciones descritas en este convenio.
En concreto, para la ejecución de los compromisos, objeto del presente acuerdo, las
partes asumen las siguientes obligaciones:
Por parte de la Administración General del Estado, a través Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes:
Por parte de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, a través
de la Consejería de Educación:
a) Realizar la reserva y gestión del espacio para la celebración del Congreso.
b) Desarrollar la coordinación del Congreso en colaboración con la Administración
General del Estado.
c) Realizar las actividades de comunicación y difusión a través de diversos canales
(compartida con la Administración General del Estado).
d) Cubrir los gastos de desplazamiento, dietas y alojamiento, si fuera necesario, de
los docentes procedentes de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la
cve: BOE-A-2024-18603
Verificable en https://www.boe.es
a) Constituir la secretaría técnica y coordinación del Congreso en colaboración con
la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, a través de la Consejería
de Educación.
b) Elaborar el diseño y gestión de la web del Congreso y la línea gráfica del mismo.
c) Aportar los medios técnicos y audiovisuales.
d) Proporcionar el material de merchandising.
e) Gestionar las inscripciones de los asistentes y ofrecer atención y apoyo a
participantes durante el Congreso.
f) Realizar la contratación y gestiones derivadas de la asistencia de ponentes, salvo
en lo que se refiere a los docentes procedentes de los centros educativos sostenidos con
fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
g) Realizar las actividades de comunicación y difusión a través de diversos canales
(compartida con la comunidad de Castilla y León).
h) Proporcionar el servicio de catering para todos los asistentes al Congreso.