III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-18608)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación Santiago Off, para la programación de actividades de artes escénicas y música representativas de la cultura española dentro del Ciclo «La Rebelión de las Voces» y del XIV Festival Internacional Santiago Off en Chile, durante 2024 y 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114645
equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad
efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
– Información relativa al titular real del beneficiario final de los fondos en la forma
prevista en el artículo 10 de la Orden HFP/1030/2021.
– Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) (Anexo I, Orden
HFP/55/2023).
– Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de
actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) (Anexo IV.B,
Orden HFP/1030/2021).
– Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR y que
pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (Anexo IV.C, Orden HFP/1030/2021).
– Declaración responsable sobre el cumplimiento del Principio de No Perjuicio
Significativo a los seis objetivos medioambientales (DNSH) en el sentido del Artículo 17
del Reglamento (UE) 2020/852.
– Declaración de cumplimiento de las obligaciones de publicidad y comunicación de
los proyectos financiados con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Las partes exigirán de todos los participantes, empleados y responsables en el
proceso de preparación y tramitación de las contrataciones que realice para la ejecución
de este convenio, la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses, de
conformidad con el contenido de la DACI que se encuentra en la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los
procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Las partes se someterán a los controles de la Comisión Europea, la Oficina de
Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, en relación con
el derecho de estos órganos a acceder a la información sobre este convenio.
3. Las partes conservarán los documentos justificativos y demás documentación
concerniente a las operaciones objeto del presente convenio, en formato electrónico,
durante un período de 5 años a partir de la operación.
4. Sobre contrataciones de prestaciones parciales para el cumplimiento y desarrollo
del objeto previsto en este convenio, las partes trasladarán a las empresas implicadas
las obligaciones contenidas en esta condición que resulten de aplicación.
Novena.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
– En representación del INAEM, por el/la titular de la Dirección General o persona en
quien delegue; y el/la titular de la dirección de la Unidad de Apoyo a la Dirección General
o persona en quien delegue.
– Y en representación de la Fundación, el/la titular de la Dirección Ejecutiva de la
Fundación Santiago Off o persona en quien delegue; y el/la titular de la Dirección de
Gestión y Contenido de la Fundación Santiago Off o persona en quien delegue.
La Comisión tendrá, entre otras las siguientes facultades:
– Concretar las actuaciones conjuntas de las partes objeto del convenio.
cve: BOE-A-2024-18608
Verificable en https://www.boe.es
Se establece una Comisión de Seguimiento, que se reunirá periódicamente; no
obstante, los representantes del INAEM podrán convocar reunión cuando así lo
consideren necesario.
A esta Comisión le corresponde el control de las actividades que deben desarrollarse
en ejecución del presente convenio, así como la resolución de los problemas de
interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, y estará integrada por las
siguientes personas:
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114645
equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad
efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
– Información relativa al titular real del beneficiario final de los fondos en la forma
prevista en el artículo 10 de la Orden HFP/1030/2021.
– Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) (Anexo I, Orden
HFP/55/2023).
– Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de
actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) (Anexo IV.B,
Orden HFP/1030/2021).
– Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR y que
pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (Anexo IV.C, Orden HFP/1030/2021).
– Declaración responsable sobre el cumplimiento del Principio de No Perjuicio
Significativo a los seis objetivos medioambientales (DNSH) en el sentido del Artículo 17
del Reglamento (UE) 2020/852.
– Declaración de cumplimiento de las obligaciones de publicidad y comunicación de
los proyectos financiados con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Las partes exigirán de todos los participantes, empleados y responsables en el
proceso de preparación y tramitación de las contrataciones que realice para la ejecución
de este convenio, la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses, de
conformidad con el contenido de la DACI que se encuentra en la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los
procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Las partes se someterán a los controles de la Comisión Europea, la Oficina de
Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, en relación con
el derecho de estos órganos a acceder a la información sobre este convenio.
3. Las partes conservarán los documentos justificativos y demás documentación
concerniente a las operaciones objeto del presente convenio, en formato electrónico,
durante un período de 5 años a partir de la operación.
4. Sobre contrataciones de prestaciones parciales para el cumplimiento y desarrollo
del objeto previsto en este convenio, las partes trasladarán a las empresas implicadas
las obligaciones contenidas en esta condición que resulten de aplicación.
Novena.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
– En representación del INAEM, por el/la titular de la Dirección General o persona en
quien delegue; y el/la titular de la dirección de la Unidad de Apoyo a la Dirección General
o persona en quien delegue.
– Y en representación de la Fundación, el/la titular de la Dirección Ejecutiva de la
Fundación Santiago Off o persona en quien delegue; y el/la titular de la Dirección de
Gestión y Contenido de la Fundación Santiago Off o persona en quien delegue.
La Comisión tendrá, entre otras las siguientes facultades:
– Concretar las actuaciones conjuntas de las partes objeto del convenio.
cve: BOE-A-2024-18608
Verificable en https://www.boe.es
Se establece una Comisión de Seguimiento, que se reunirá periódicamente; no
obstante, los representantes del INAEM podrán convocar reunión cuando así lo
consideren necesario.
A esta Comisión le corresponde el control de las actividades que deben desarrollarse
en ejecución del presente convenio, así como la resolución de los problemas de
interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, y estará integrada por las
siguientes personas: