III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-18527)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valencia, para la realización de prácticas externas en materia de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 114178

Nacional de Seguridad, y por los documentos aprobados enmarcados en las distintas
políticas de seguridad de la AESAN, O.A., y de la Universidad de Valencia.
A estos efectos, las partes firmantes se comprometen al cumplimiento de su
obligación de secreto con respecto a los datos suministrados al amparo del presente
acuerdo, y al deber de tratarlos con confidencialidad. Con este fin, adoptarán las
medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no
autorizado.
En materia de protección de datos, su tratamiento al amparo del presente convenio
tendrá por finalidad exclusiva facilitar el cumplimiento de los compromisos establecidos
en las cláusulas segunda y tercera del presente acuerdo.
El mencionado tratamiento de datos personales es necesario para el cumplimiento
de una obligación legal en los términos previstos en el artículo 6.1.e) del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
Los datos objeto de tratamiento tienen la categorización nivel bajo de conformidad
con el anexo I Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo.
Los datos personales suministrados al amparo del presente acuerdo se comunicarán
exclusivamente a aquellos organismos públicos con competencias propias en las
materias objeto del presente acuerdo, siempre que sea necesario para el adecuado
ejercicio de dichas competencias.
Asimismo, y cuando así sean exigidos, a Juzgados y Tribunales en cumplimiento del
requerimiento legal. Por su parte, no está prevista transferencia a terceros países u
organizaciones internacionales.
Los datos serán conservados durante la vigencia del presente convenio y,
posteriormente, durante el plazo legalmente establecido con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas del mismo.
En el caso de la AESAN, O.A., los Responsables del Tratamiento y el Delegado de
Protección de datos a los efectos del Reglamento General de Protección de Datos son:
Responsables del tratamiento:
Vocalía de Coordinación Científica e Internacional: vocaliaicc@aesan.gob.es. Calle
Alcalá, 56, 28014 Madrid.
Delegado de Protección de Datos:
Secretaría General-Subdirección General Adjunta: dpdaesan@aesan.gob.es. Calle
Alcalá, 56, 28014 Madrid.
Por su parte, en el caso de la Universidad de Valencia, el Responsable del
Tratamiento y el Delegado de Protección de datos a los efectos del Reglamento General
de Protección de Datos son:
Responsable del Tratamiento: Universidad de Valencia. Edificio del Rectorado. Avda.
Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia.
Información de contacto: https://www.uv.es/uvweb/universidad/es/politica-privacidad/
responsable-delegado-proteccion-datos-1285919116693.html.
Delegado de Protección de Datos:
Universidad de Valencia. Edificio del Rectorado. Avda. Blasco, Ibáñez, 13, 46010
Valencia. lopd@uv.es Teléfonos: (+34) 96 354 41 68-(+34) 96 162 54 31.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación o portabilidad ante la parte que corresponda a través de
comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente
documento, acreditando su identidad e identificando el derecho que se solicita.
Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos
personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección

cve: BOE-A-2024-18527
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 224